ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)Artículo de investigaciónhttps://doi.org/10.47460/uct.v30i133.1130La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño ydel adolescente: desafíos para una convivencia familiar armoniosaDomingo Hernandez Celishttps://orcid.org/0000-0002-9759-4436dhernandez@unfv.edu.peUniversidad Nacional Federico VillarrealLima, PerúJulian Monrroy Aime*https://orcid.org/0000-0002-1468-1842jmonrroy@unfv.edu.peUniversidad Nacional Federico VillarrealLima, PerúEfraín Jaime Guardia Huamanihttps://orcid.org/0000-0002-7715-2366eguardia@unfv.edu.peUniversidad Nacional Federico VillarrealLima, PerúRosario Violeta Grijalva Salazarhttps://orcid.org/0000-0001-9329-907Xrgrijalva@unfv.edu.peUniversidad Nacional Federico VillarrealLima, PerúOrlando Enrique Pacheco Curihttps://orcid.org/0000-0001-5107-8180opacheco@unfv.edu.peUniversidad Nacional Federico VillarrealLima, PerúMario Hipolito Osorio Giraldohttps://orcid.org/0000-0002-2019-5576mosorio@unfv.edu.peUniversidad Nacional Federico VillarrealLima, Perú*Autor de correspondencia: jmonrroy@unfv.edu.peRecibido: (02/07/2026), Aceptado: (09/10/2026)Resumen. La investigación tuvo como objetivo analizar la relación entre las valoraciones sobre la tenenciacompartida armoniosa y el reconocimiento del interés superior del niño y adolescente en el contextoperuano. Se desarrolló mediante un enfoque cuantitativo, diseño no experimental y alcance descriptivo-correlacional. La muestra estuvo conformada por 100 participantes vinculados con el ámbito jurídico,institucional y familiar. Se empleó un cuestionario de 22 ítems con escala Likert de cinco categorías.Los resultados presentaron valoraciones favorables del 94 % respecto de la tenencia compartida y del92 % sobre el interés superior del niño, con una correlación de Spearman reportada de ρ = 0,9677.Se concluye que existe una asociación positiva entre las valoraciones de ambas variables, cuyo alcancecorresponde a las percepciones estudiadas, sin establecer efectos causales ni medir directamente elbienestar infantil.Palabras clave: tenencia compartida, interés del niño, corresponsabilidad parental, protección infantil.Shared Custody and Its Relationship with the Best Interests of the Child andAdolescent: Challenges for Harmonious Family CoexistenceAbstract. This study aimed to analyze the relationship between perceptions of harmonious sharedcustody and recognition of the best interests of children and adolescents in the Peruvian context. Aquantitative, non-experimental design with a descriptive-correlational scope was employed. The samplecomprised 100 participants involved in legal, institutional, and family-related contexts. Data werecollected using a 22-item questionnaire with a five-point Likert scale. The results showed favorableassessments of 94% regarding shared custody and 92% concerning the best interests of the child, with areported Spearman correlation coefficient of ρ = 0.9677. The findings indicate a positive associationbetween perceptions of the two variables. However, this association does not establish causal effects ordirectly measure children’s well-being.Keywords: shared custody, interests of the child, parental responsibility, child protection.Hernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente64
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)I.INTRODUCCIÓNLa separación de los progenitores constituye una transformación de la organización familiarque plantea desafíos jurídicos y sociales relacionados con la protección de los derechos de niños yadolescentes. Entre estos desafíos destaca la determinación del régimen de tenencia, especialmentecuando ambos progenitores manifiestan su intención de participar activamente en la crianza yel cuidado de sus hijos. En este contexto, la tenencia compartida representa una modalidad deorganización de las responsabilidades parentales que requiere considerar las condiciones particularesde cada familia y las necesidades de los menores involucrados. Barcia Lehmann [1] examina losfundamentos jurídicos de la custodia compartida, destacando su relación con la corresponsabilidadparental y el interés superior del niño, incluso en situaciones de desacuerdo entre progenitores.La evolución de los sistemas jurídicos latinoamericanos evidencia una creciente atención haciala distribución de responsabilidades parentales después de la separación. En Chile, Barría Paredesy Sánchez Pezo [2] analizan la transformación normativa del cuidado personal, desde modelos tradi-cionales asociados con la custodia individual hacia mecanismos que reconocen la corresponsabilidadde ambos progenitores. Por su parte, Borges et al. [3] estudian las tensiones que acompañan laimplementación de la guarda compartida en Brasil y Uruguay, especialmente en relación con laigualdad parental y las condiciones institucionales y familiares necesarias para su aplicación.En el contexto peruano, la regulación de la tenencia compartida ha adquirido especial relevanciadebido a los cambios normativos orientados a fortalecer la participación de ambos progenitoresen el cuidado de sus hijos. Ampuero et al. [4] analizan los efectos jurídicos de esta regulación yla necesidad de considerar sus ventajas y dificultades desde el principio del interés superior delniño y adolescente. Sin embargo, el reconocimiento normativo de la tenencia compartida no suponeque su aplicación resulte igualmente favorable en todas las circunstancias familiares. Camino deMenchaca et al. [5] subrayan la importancia de establecer criterios de evaluación sensibles a lasnecesidades particulares de niños y niñas con discapacidad, lo que permite reconocer la relevanciade una valoración individualizada.A partir de estas consideraciones, la presente investigación tiene como objetivo analizar larelación entre las valoraciones sobre la tenencia compartida armoniosa y el reconocimiento delinterés superior del niño y adolescente en una muestra de participantes vinculados con esta temáticaen el contexto peruano. El estudio se desarrolla mediante un enfoque cuantitativo, con diseño noexperimental y alcance descriptivo-correlacional, orientado a examinar las valoraciones obtenidasmediante un cuestionario estructurado y la asociación estadística comunicada entre las variables.La contribución de la investigación consistió en proporcionar una aproximación cuantitativa alas percepciones relacionadas con la corresponsabilidad parental y la protección de los derechos deniños y adolescentes, considerando la importancia de interpretar ambas dimensiones dentro de susrespectivos alcances jurídicos y sociales.II.MARCO TEÓRICOA.Tenencia compartida y corresponsabilidad parentalLa tenencia compartida constituye una modalidad de organización del cuidado de los hijosdespués de la separación de sus progenitores. Su fundamento se relaciona con la continuidad de lasresponsabilidades parentales y con la necesidad de preservar, cuando resulte beneficioso y seguro, laparticipación de ambos progenitores en la vida de los menores. En este sentido, Chaca Serpa y PozoCabrera [6] abordan la tenencia compartida como una institución vinculada con la protección de losderechos de niños y adolescentes y con las obligaciones derivadas del ejercicio de la parentalidad.La corresponsabilidad parental supone que ambos progenitores mantienen deberes relacionadoscon la crianza, la educación, la atención sanitaria y el desarrollo de sus hijos, independientemente dela continuidad de su relación de pareja. Este principio permite diferenciar la distribución materialdel tiempo de convivencia de las responsabilidades que deben asumirse en beneficio de los menores.Orellana Urgilés y Pozo Cabrera [7] examinan la tenencia compartida en Ecuador y sus implicacionesjurídicas, aportando elementos para comprender las dificultades que pueden presentarse durante suaplicación.Hernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente65
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)Por su parte, Verduga-Rios y Alvarado-Ajila [8] analizan el tratamiento de la tenencia compartidaen la legislación ecuatoriana, destacando la relevancia de su regulación para la protección de losderechos de los hijos menores de edad. Estas aproximaciones permiten considerar que la aplicaciónde un régimen de tenencia requiere mecanismos que hagan posible el cumplimiento de los deberesparentales y la atención de las necesidades individuales de los hijos.Para efectos de esta investigación, la tenencia compartida armoniosa se comprende como unamodalidad de corresponsabilidad parental caracterizada por la cooperación, el cumplimiento deobligaciones y la disposición a establecer acuerdos orientados al bienestar de los hijos. El términoarmoniosa se utiliza para describir determinadas condiciones de interacción entre progenitores y nocomo una garantía anticipada de resultados favorables. La variable se organiza conceptualmente encinco dimensiones: acuerdo entre los padres, responsabilidades parentales, tiempo de convivencia,comunicación entre progenitores y residencia de los hijos. Estas dimensiones permiten examinardistintos componentes de la organización familiar después de la separación.B.Interés superior del niño y adolescenteEl interés superior del niño constituye un principio fundamental para la protección de losderechos de las personas menores de edad. Su aplicación requiere considerar las circunstanciasparticulares de cada niño o adolescente, así como los efectos previsibles de las decisiones quepuedan afectar su desarrollo y bienestar. Acuña Bustos [9] analiza las dificultades que presenta laaplicación de este principio en el ordenamiento jurídico chileno, evidenciando la importancia decontar con criterios adecuados para su interpretación. Carretta Muñoz [10] examina la dimensiónprocedimental del interés superior del niño a partir de la Observación general núm. 14 del Comitéde los Derechos del Niño. Esta aproximación permite comprender que el principio no se limita auna declaración normativa, sino que debe incorporarse a los procedimientos mediante los cuales seadoptan decisiones que afectan a niños y adolescentes.Desde una perspectiva de los derechos de la infancia, Bácares Jara [11] estudia diferentestendencias de producción académica en lengua española, aportando elementos para comprender laevolución de los enfoques sobre la niñez como sujeto de derechos. Esta concepción resulta relevantepara superar interpretaciones centradas exclusivamente en los intereses y facultades de los adultos.En los procedimientos relacionados con la tenencia, el interés superior exige valorar aspectos comola estabilidad del entorno familiar, las necesidades de cuidado, la seguridad física y emocional, losvínculos afectivos y el derecho del menor a expresar su opinión de acuerdo con su edad y madurez.Estos elementos deben examinarse de manera articulada y atendiendo a las condiciones particularesde cada situación familiar.En la presente investigación, esta variable comprende cinco dimensiones: promoción de laopinión auténtica del niño y adolescente, respeto de la identidad, preservación del entorno familiary mantenimiento de las relaciones, cuidado y protección integral, y prevención de situaciones devulnerabilidad.C.Acuerdos parentales y resolución de conflictos familiaresLa organización de la tenencia compartida puede presentar dificultades relacionadas con difere-ncias de criterio sobre la educación, el cuidado, las actividades cotidianas y la distribución deresponsabilidades. Por ello, la capacidad de cooperación de los progenitores constituye un com-ponente relevante para la organización familiar posterior a la separación. Cazarez y Santamaría[12] examinan los mecanismos alternativos de solución de conflictos relacionados con la tenencia deniños y adolescentes, considerando la mediación como una vía para facilitar acuerdos voluntariosdentro del marco jurídico correspondiente. Estos mecanismos pueden contribuir a organizar lasresponsabilidades parentales y reducir controversias, siempre que existan condiciones adecuadaspara su aplicación y que los acuerdos sean compatibles con los derechos de los menores.Asimismo, la participación infantil constituye un elemento importante en los procedimientosfamiliares. Gil-Osuna [13] analiza el derecho de niños y adolescentes a participar en procesos demediación relacionados con litigios familiares. Esta perspectiva permite reconocer que las decisionessobre la tenencia no deben limitarse a las posiciones de los progenitores, sino considerar también lasopiniones y necesidades de los hijos. La cooperación parental, por tanto, no implica necesariamentela ausencia de desacuerdos. Supone la posibilidad de gestionar las diferencias mediante mecanismosHernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente66
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)compatibles con el respeto, la responsabilidad y la protección de los derechos infantiles. Cuandoexisten circunstancias que comprometen la seguridad o el bienestar del menor, la adopción deacuerdos debe someterse a las garantías y valoraciones que correspondan.D.Regulación de la tenencia compartida y protección jurídica en PerúEl marco normativo peruano constituye un referente central para comprender la relación entretenencia compartida y protección de los derechos de niños y adolescentes. La Ley N.o 31590 modificódisposiciones del Código de los Niños y Adolescentes relacionadas con la tenencia compartida,introduciendo criterios jurídicos para su aplicación y contemplando la necesidad de considerarsituaciones en las que dicho régimen pueda resultar perjudicial para el menor [14].Esta regulación debe interpretarse en concordancia con los instrumentos internacionales deprotección de la infancia. Particularmente, la Observación general núm. 14 del Comité de losDerechos del Niño establece que el interés superior constituye un derecho sustantivo, un principiojurídico interpretativo y una norma de procedimiento. También destaca la necesidad de evaluar loselementos pertinentes a cada situación y justificar las decisiones adoptadas desde la protección delos derechos de los menores [15].La articulación entre ambas disposiciones permite reconocer que las decisiones relacionadas conla tenencia compartida requieren una valoración individualizada y jurídicamente fundamentada. Enconsecuencia, la corresponsabilidad parental debe ejercerse de forma compatible con la seguridad,el desarrollo integral y la participación de niños y adolescentes.E.Relación conceptual entre la tenencia compartida y el interés superior del niño y adolescenteLa relación conceptual entre las variables estudiadas se fundamenta en la posibilidad deque determinadas condiciones de ejercicio de la tenencia compartida resulten compatibles conlos derechos y necesidades de niños y adolescentes. La cooperación parental, la comunicación,el cumplimiento de responsabilidades y la organización adecuada de la convivencia constituyencomponentes relevantes para examinar esta relación. No obstante, la tenencia compartida y el interéssuperior del niño representan conceptos diferentes. La primera se relaciona con la organizaciónde las responsabilidades parentales y del cuidado; el segundo constituye un criterio jurídico deprotección integral aplicable a las decisiones que afectan a los menores. Esta distinción resultanecesaria para evitar que la adopción de una modalidad de tenencia se considere automáticamenteequivalente al cumplimiento del interés superior.Desde el punto de vista metodológico, la investigación examina las valoraciones de los partici-pantes sobre ambas variables mediante un cuestionario estructurado. En consecuencia, la asociaciónestadística entre las puntuaciones debe interpretarse como una relación entre percepciones regis-tradas, sin considerarla evidencia suficiente de una influencia causal o de resultados directos sobreel bienestar de niños y adolescentes. Este planteamiento permite integrar la perspectiva jurídica yla aproximación cuantitativa del estudio, manteniendo la distinción entre el reconocimiento de losprincipios de protección infantil, las condiciones de ejercicio de la corresponsabilidad parental y losefectos que podrían observarse en situaciones familiares concretas.III.METODOLOGÍAA.Enfoque y diseño de la investigaciónLa investigación se desarrolló bajo un enfoque cuantitativo, con alcance descriptivo-correlacionaly diseño no experimental. El componente descriptivo permitió examinar las valoraciones de losparticipantes sobre la tenencia compartida armoniosa y el interés superior del niño y adolescente,mientras que el componente correlacional se orientó a analizar la asociación estadística entre ambasvariables.El diseño no experimental respondió a que las variables fueron examinadas sin manipulacióndeliberada de sus condiciones. En consecuencia, el estudio se centró en las percepciones expresadaspor los participantes respecto de la corresponsabilidad parental, la organización de la convivenciafamiliar y la protección de los derechos de niños y adolescentes. El análisis se delimitó al contextoperuano, considerando la participación de personas vinculadas con instituciones y actividadesHernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente67
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)relacionadas con la protección de la infancia, la administración de justicia y las experienciasfamiliares asociadas con la tenencia compartida.B.Población y muestraLa población de estudio estuvo constituida por 135 personas vinculadas con la temáticainvestigada. Se consideraron cinco grupos: especialistas del Ministerio de la Mujer y PoblacionesVulnerables (MIMP), personal de los juzgados de familia, abogados independientes, padres de familiacon experiencias relacionadas con la tenencia y personal de organizaciones no gubernamentalesdedicadas a los derechos humanos.Se estableció como criterio de inclusión la vinculación de los participantes con las áreasinstitucionales, profesionales o familiares relacionadas con el objeto de estudio. Se excluyó de lapoblación delimitada a las personas que no presentaban dicha vinculación. La muestra estuvointegrada por 100 participantes. El tamaño muestral se estableció mediante un procedimiento decálculo para poblaciones finitas. La distribución porcentual considerada para los grupos participantesse presenta en la Tabla 1.Tabla 1. Distribución porcentual de los grupos considerados en el estudioGrupo de participantesDistribución (%)Especialistas del MIMP15Personal de juzgados de familia15Abogados independientes26Padres de familia22Personal de ONG de derechos humanos22Total100Nota. La distribución corresponde a los grupos considerados para la conformación de la población y lamuestra del estudio.C.Variables de investigaciónSe establecieron dos variables principales: tenencia compartida armoniosa e interés superior delniño y adolescente. La tenencia compartida armoniosa se abordó mediante condiciones relacionadascon el acuerdo entre los progenitores, la distribución de responsabilidades, el tiempo de convivencia,la comunicación parental y la residencia de los hijos. El interés superior del niño y adolescente seexaminó a través de dimensiones relacionadas con la participación infantil, el respeto de la identidad,la preservación de los vínculos familiares, la protección integral y la prevención de situaciones devulnerabilidad. La estructura de las variables y sus correspondientes dimensiones se presenta en laTabla 2.Tabla 2. Operacionalización de las variables de investigaciónVariableDimensiónÍtemsTenencia compartidaarmoniosa (X)Valoración general de la tenencia compartida1Acuerdo entre los padres2–3Responsabilidades parentales4–5Tiempo de convivencia6–7Comunicación entre padres8–9Residencia de los hijos10–11Interés superior del niño yadolescente (Y)Valoración general del interés superior12Promoción de la opinión auténtica13–14Respeto de la identidad15–16Preservación del entorno familiar ymantenimiento de relaciones17–18Cuidado, protección, desarrollo y seguridad19–20Prevención de situaciones de vulnerabilidad21–22Nota. La operacionalización comprende 22 ítems distribuidos entre las dos variables principales, cada unacon cinco dimensiones específicas y un ítem de valoración general.Hernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente68
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)D.Técnica e instrumento de recolección de datosLa técnica de recolección de datos fue la encuesta, mediante un cuestionario estructuradode 22 preguntas distribuidas entre las dos variables de investigación. El instrumento contempló11 preguntas relacionadas con la tenencia compartida y 11 correspondientes al interés superiordel niño y adolescente. Su estructura permitió recoger valoraciones sobre principios jurídicos,corresponsabilidad parental, relaciones familiares y condiciones de protección infantil. Las respuestasse organizaron mediante una escala Likert de cinco categorías, conforme a la codificación establecidaen el cuestionario.Tabla 3. Categoría de respuestasValorCategoría de respuesta1No concuerdo con lo indicado2No concuerdo solo parcialmente3No estoy en esos temas4Concuerdo solo parcialmente5Concuerdo con lo indicadoLa escala permitió registrar distintos niveles de concordancia con las afirmaciones formuladas.La categoría intermedia identificó a los participantes que manifestaron no estar familiarizados conlos temas consultados, por lo que su interpretación se diferenció conceptualmente de las categoríasexplícitas de acuerdo y desacuerdo.E.Procesamiento y análisis estadísticoEl procesamiento de la información se desarrolló mediante Microsoft Excel y el programaestadístico SPSS, utilizando procedimientos descriptivos e inferenciales relacionados con los obje-tivos de la investigación. El análisis descriptivo comprendió la organización de los resultados enporcentajes, con la finalidad de sintetizar las valoraciones favorables correspondientes a las variablesestudiadas. Los indicadores se presentaron mediante tablas y figuras para facilitar su comparacióne interpretación.En el análisis inferencial se consideró el coeficiente de correlación por rangos de Spearman (ρ),utilizado para examinar la dirección y magnitud de la asociación monotónica entre las variables.Este indicador se interpretó considerando valores comprendidos entre −1 y +1, donde el signorepresenta la dirección de la asociación y la magnitud expresa su intensidad. Para la contrastaciónestadística se estableció un nivel de significación de α = 0,05. La interpretación de la asociaciónse efectuó considerando el carácter no experimental del estudio, de modo que la existencia decorrelación no se asumió como demostración de una relación causal.Asimismo, el estudio contempló un análisis de regresión lineal como procedimiento complemen-tario. Su interpretación se restringió al ajuste estadístico del modelo y no a la demostración deefectos causales de la tenencia compartida sobre el bienestar de niños y adolescentes.F.Consideraciones éticasLa investigación se enmarcó en los principios de respeto a la dignidad humana, confidencialidadde la información y protección de los derechos de niños y adolescentes. El cuestionario estableciósu carácter personal y anónimo, orientado a recoger las valoraciones de los participantes sobre lasvariables investigadas. La información se examinó de forma agregada, considerando la necesidad depreservar la identidad de las personas y evitar interpretaciones individualizadas de sus respuestas.Asimismo, el estudio reconoció el interés superior del niño como principio orientador del análisisjurídico y social de la tenencia compartida. La interpretación de los resultados se delimitó a laspercepciones recogidas, sin atribuirles el carácter de mediciones directas del bienestar o desarrollode niños y adolescentes.Hernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente69
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)IV.RESULTADOSEl análisis de los resultados se organizó en dos componentes: la valoración de los participantessobre la tenencia compartida y el interés superior del niño y adolescente, y la asociación estadísticacomunicada entre las variables del estudio. Esta organización permite distinguir los hallazgosdescriptivos de los inferenciales y delimitar su interpretación de acuerdo con el diseño no experimentalde la investigación.A.Resultados descriptivosLa investigación reportó la participación de una muestra de 100 personas vinculadas con latemática de estudio. Los resultados disponibles indican valoraciones mayoritariamente favorablessobre los aspectos consultados, aunque el manuscrito no presenta la distribución completa delas respuestas ni la formulación exacta de los ítems utilizados. En la Tabla 4 se presentan losporcentajes comunicados para las dos variables examinadas.Tabla 4. Valoraciones favorables reportadas para las variables del estudioAspecto evaluadoPorcentajereportadoTenencia compartida armoniosa como alternativa favorable parael interés superior del niño y adolescente94 %Reconocimiento del interés superior del niño como derecho,principio y criterio de protección92 %Nota. Los porcentajes representan las valoraciones favorables de los participantes respecto de las variablesanalizadas en la investigación.Los datos de la Tabla 4 muestran una tendencia favorable en las valoraciones recogidas. Elprimer indicador alcanza el 94 %, asociado con la percepción de que la tenencia compartida,desarrollada en condiciones de cooperación y responsabilidad parental, puede contribuir al bienestarinfantil. Por su parte, el segundo indicador alcanza el 92 %, correspondiente al reconocimiento delinterés superior del niño como un principio relevante en las decisiones que afectan sus derechos ycondiciones de desarrollo. Estos porcentajes describen las valoraciones comunicadas por el estudio,pero no permiten determinar, por sí mismos, la efectividad de los regímenes de tenencia compartidani las condiciones específicas de convivencia de los niños y adolescentes.La Figura 1 presenta las valoraciones favorables registradas para las variables principales delestudio, así como la brecha porcentual respecto al máximo teórico, lo que permite comparar deforma sintética la intensidad de la valoración obtenida en cada caso.Elemento gráfico de la página 70Fig. 1. Valoraciones favorables reportadas sobre tenencia compartida e interés superior del niño yadolescenteHernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente70
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)La proximidad entre ambos valores evidencia niveles semejantes de valoración favorable respectode las afirmaciones examinadas, sin que ello constituya una medida de asociación estadística entrelas variables.B.Asociación estadística entre las variablesEl manuscrito reporta un coeficiente de correlación de Spearman de 0,9677 para las variablestenencia compartida armoniosa e interés superior del niño y adolescente. Este valor corresponde auna asociación positiva muy elevada entre los puntajes analizados, siempre que el procedimiento decálculo y la construcción de las variables hayan sido realizados de manera adecuada. La Tabla 5resume los indicadores estadísticos comunicados y sus principales consideraciones interpretativas.Tabla 5. Indicadores estadísticos reportados para la relación entre las variablesIndicadorValor reportadoConsideraciónCoeficiente de Spearman (ρ)0,9677Asociación positiva muy elevadaCoeficiente de determinación(R2)0,9364Valor declarado cuyo modelo decálculo requiere comprobaciónSignificación estadística0,00 %Valor presentado en el manuscrito;requiere precisión y verificaciónNota. ρ representa el coeficiente de correlación de Spearman y R2 corresponde al coeficiente de determinación.El coeficiente de Spearman reportado sugiere una relación monotónica positiva de elevadamagnitud entre los puntajes de las variables. Sin embargo, dada la naturaleza no experimentaldel diseño, esta asociación no debe interpretarse como evidencia suficiente de que una variableproduce cambios en la otra. Respecto del coeficiente de determinación, el valor comunicado esnuméricamente próximo al cuadrado del coeficiente de Spearman. Aunque esta coincidencia esaritméticamente posible, no permite establecer por sí sola la validez de un modelo de regresiónlineal. Para una interpretación adecuada es necesario identificar la especificación del modelo ycomprobar sus resultados a partir de los datos originales.Elemento gráfico de la página 71Fig. 2. Comparación numérica entre el cuadrado del coeficiente de Spearman y el R2 reportadoLa Figura 2 presenta una comprobación de coherencia numérica entre ambos indicadores. Sufinalidad es mostrar la proximidad de los valores comunicados, sin atribuir a esta relación aritméticapropiedades estadísticas adicionales ni considerarla una validación independiente del análisis.Hernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente71
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)C.Síntesis de los resultadosLos resultados descriptivos disponibles muestran valoraciones favorables sobre la tenenciacompartida y el reconocimiento del interés superior del niño y adolescente. Asimismo, el estudiocomunica una asociación positiva elevada entre ambas variables.En términos interpretativos, estos hallazgos son compatibles con la relevancia de la cooperaciónparental y de la protección de los derechos infantiles dentro del análisis jurídico de la tenenciacompartida. No obstante, los datos presentados no permiten establecer efectos causales, evaluardirectamente el bienestar de los menores ni determinar que los resultados sean representativosde todos los países de América Latina.La precisión de estas conclusiones dependerá de lacomprobación del instrumento de medición, la composición de la muestra y los procedimientosestadísticos utilizados.D.DiscusiónLos resultados de la investigación muestran una valoración predominantemente favorable de losparticipantes respecto de la tenencia compartida armoniosa y su relación con el interés superiordel niño y adolescente. El 94 % de valoración favorable asociado con la primera variable y el 92 %correspondiente a la segunda sugieren una amplia aceptación de los principios de corresponsabilidadparental y protección de los derechos infantiles entre los participantes del estudio. Estos resultadosdeben interpretarse desde la perspectiva de las percepciones recogidas y no como indicadores directosde las condiciones de bienestar experimentadas por los menores.Desde el punto de vista jurídico, los resultados son compatibles con los planteamientos de BarciaLehmann [1], quien examina las distintas modalidades de custodia compartida y las dificultadesque pueden surgir cuando los progenitores no alcanzan acuerdos sobre su ejercicio. En este sentido,la valoración favorable de la tenencia compartida puede relacionarse con el reconocimiento de laparticipación de ambos progenitores en la crianza, aunque su aplicación práctica requiere considerarlas condiciones específicas de cada familia. Asimismo, Barría Paredes et al. [2] destacan la evoluciónde los modelos de cuidado personal en Chile hacia un mayor reconocimiento de la corresponsabilidadparental, mientras que Borges et al. [3] identifican tensiones jurídicas y familiares en las experienciasde Brasil y Uruguay. Estas contribuciones permiten situar las valoraciones obtenidas dentro de undebate latinoamericano más amplio.En el contexto peruano, Ampuero et al. [4] analizan la relación entre la regulación de la tenenciacompartida y el principio del interés superior del niño y adolescente. Su contribución permitereconocer que la corresponsabilidad parental constituye una dimensión relevante del régimen detenencia, pero requiere condiciones jurídicas y familiares que favorezcan su adecuada aplicación.De manera complementaria, Camino de Menchaca et al. [5] destacan la necesidad de considerarcircunstancias particulares, especialmente cuando existen necesidades específicas de protección.Ambos aportes permiten interpretar las valoraciones favorables obtenidas sin asumir que una mismamodalidad de tenencia resulte igualmente apropiada en todas las situaciones.La organización de las responsabilidades parentales constituye otro elemento importante paracomprender los resultados. Chaca Serpa y Pozo Cabrera [6], Orellana Urgilés y Pozo Cabrera[7] y Verduga-Rios y Alvarado-Ajila [8] examinan aspectos jurídicos de la tenencia compartidaen Ecuador, particularmente aquellos relacionados con los derechos familiares y las condicionesde su regulación. Estas investigaciones aportan fundamentos para reconocer que el ejercicio dela corresponsabilidad parental comprende obligaciones de cuidado, comunicación y participaciónen las decisiones relacionadas con los hijos. Por tanto, la valoración favorable observada en elestudio puede interpretarse como una percepción positiva hacia tales principios, sin establecer quesu cumplimiento efectivo haya sido comprobado.Respecto del interés superior del niño y adolescente, el 92 % de valoración favorable refleja unreconocimiento elevado de la importancia atribuida a este principio. Acuña Bustos [9] adviertesobre las dificultades que pueden surgir durante su aplicación jurídica, mientras que CarrettaMuñoz [10] examina su dimensión procedimental. Estas perspectivas permiten distinguir entre elreconocimiento del principio y su incorporación efectiva en las decisiones judiciales y familiares. Deigual manera, Bácares Jara [11] aporta una visión sobre el desarrollo de los enfoques de derechos dela infancia, particularmente en relación con la consideración de niños y adolescentes como sujetosHernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente72
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)de derechos.En consecuencia, el reconocimiento del interés superior no debe limitarse a la aceptación desu importancia normativa. Su aplicación exige valorar las necesidades individuales del menor,garantizar su protección y considerar su participación en las decisiones que puedan afectarlo. Estadistinción resulta relevante para interpretar el estudio, dado que las respuestas del cuestionarioexpresan apreciaciones de los participantes sobre principios y condiciones de protección, pero noconstituyen mediciones directas de su cumplimiento en situaciones familiares concretas.La comunicación entre progenitores y la gestión de conflictos representan componentes adicionalesde la tenencia compartida. Cazarez y Santamaría [12] examinan los mecanismos alternativos deresolución de controversias relacionadas con la tenencia, mientras que Gil-Osuna [13] analiza laparticipación de niños y adolescentes en procesos de mediación familiar. Ambas contribucionespermiten reconocer que la búsqueda de acuerdos requiere incorporar garantías de protección ymecanismos que consideren las necesidades de los hijos. En este sentido, la armonía parental nodebe concebirse exclusivamente como ausencia de conflictos, sino como la capacidad de gestionarlas diferencias de forma responsable y compatible con los derechos infantiles.En el análisis estadístico, el estudio presentó un coeficiente de correlación de Spearman deρ = 0,9677 entre las variables investigadas. Este valor describe una asociación monotónica positivamuy elevada entre las puntuaciones utilizadas en el análisis. Sin embargo, su interpretación debeconsiderar que determinadas preguntas del cuestionario relacionan explícitamente la tenenciacompartida con el interés superior del niño, circunstancia que puede favorecer la proximidadconceptual entre las mediciones. Por ello, la intensidad de la asociación no debe equipararse con unademostración de independencia entre los constructos ni utilizarse para establecer efectos causales.Desde la perspectiva normativa, la Ley N.o 31590 del Perú [14] establece disposiciones rela-cionadas con la tenencia compartida, cuyo ejercicio debe examinarse de acuerdo con los derechosy necesidades de niños y adolescentes. Asimismo, la Observación general núm. 14 del Comité delos Derechos del Niño [15] establece la importancia de considerar el interés superior como derechosustantivo, principio interpretativo y norma de procedimiento. La relación entre ambos instrumen-tos permite destacar que las decisiones sobre tenencia requieren una evaluación individualizada,particularmente cuando existen circunstancias que puedan comprometer la seguridad, la estabilidado el desarrollo del menor.Los resultados deben comprenderse dentro del alcance metodológico de la investigación. Lainformación procede de valoraciones recogidas mediante un cuestionario aplicado a participantesvinculados con la temática jurídica y familiar. En consecuencia, las asociaciones identificadascorresponden a las variables tal como fueron medidas y no pueden extenderse directamente a laevaluación del bienestar infantil ni generalizarse al conjunto de familias latinoamericanas.En síntesis, los hallazgos permiten reconocer una valoración favorable de la corresponsabilidadparental y del interés superior del niño y adolescente entre los participantes. Su interpretación, con-trastada con la literatura especializada, destaca la importancia de la comunicación, el cumplimientode responsabilidades, la participación infantil y la evaluación individualizada de las circunstanciasfamiliares. De este modo, la investigación aporta elementos para comprender las percepcionesrelacionadas con la tenencia compartida y su compatibilidad conceptual con los principios deprotección de los derechos infantiles, dentro de los límites del diseño y de la información analizada.CONCLUSIONESLa investigación permitió examinar la relación entre las valoraciones sobre la tenencia compartidaarmoniosa y el reconocimiento del interés superior del niño y adolescente en una muestra departicipantes vinculados con el ámbito jurídico, institucional y familiar peruano. Los resultadosdescriptivos presentaron una valoración favorable del 94 % respecto de la tenencia compartida ydel 92 % en relación con el interés superior del niño, lo que refleja una orientación positiva delos participantes hacia los principios de corresponsabilidad parental y protección de los derechosinfantiles.El coeficiente de correlación de Spearman reportado (ρ = 0,9677) indicó una asociación positivaHernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente73
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)muy elevada entre las puntuaciones de las variables examinadas. No obstante, debido al diseño noexperimental y a la proximidad conceptual de determinados componentes del instrumento, estarelación debe interpretarse en términos asociativos, sin establecer efectos causales sobre el bienestarde niños y adolescentes.Desde la perspectiva jurídica y familiar, el análisis permitió reconocer que la tenencia compartidarequiere considerar condiciones relacionadas con la cooperación entre progenitores, el cumplimientode responsabilidades parentales, la comunicación y la organización de la convivencia.Estoscomponentes resultan relevantes para comprender el ejercicio de la corresponsabilidad, aunquesu presencia no garantiza por sí misma que una determinada modalidad de tenencia respondaadecuadamente a las necesidades de cada menor.Asimismo, el interés superior del niño y adolescente constituye un criterio fundamental paraorientar las decisiones relacionadas con la tenencia. Su aplicación requiere valorar las circunstanciasparticulares de cada situación familiar, especialmente la seguridad, la estabilidad, la preservaciónde los vínculos afectivos y el derecho de niños y adolescentes a expresar su opinión de acuerdo consu edad y madurez.En términos generales, los resultados aportan información sobre las percepciones de los partici-pantes respecto de la relación entre tenencia compartida e interés superior del niño y adolescente.Su alcance se circunscribe a las valoraciones recogidas en la muestra estudiada, sin representar unamedición directa del bienestar infantil ni permitir generalizaciones al conjunto de familias peruanaso latinoamericanas.Finalmente, se reconoce la conveniencia de desarrollar investigaciones posteriores que incorporenevaluaciones directas de las condiciones de convivencia, la participación de niños y adolescentes y elseguimiento de los acuerdos parentales. Estos enfoques permitirían ampliar la comprensión de losfactores asociados con la protección de los derechos infantiles en diferentes modalidades de tenencia.REFERENCIAS[1] R. Barcia Lehmann, “Las dos formas de custodia compartida en caso de que los padres noestén de acuerdo (segunda parte),” Boletín Mexicano de Derecho Comparado, vol. 52, no. 154,pp. 15–38, 2019.[2] M. Barría Paredes et al., “Cuidado personal de niños, niñas y adolescentes en caso de separaciónde los padres en chile: desde el cuidado único de la madre hasta la custodia compartida,”Revista de Derecho Privado, no. 43, pp. 93–125, 2022.[3] C. C. Borges, A. P. Uziel, and E. L. T. Ponciano, “Guarda compartilhada no brasil e no uruguai:tensões na instituição da igualdade parental,” Estudos Interdisciplinares em Psicologia, vol. 10,no. 3, pp. 24–47, 2019, suplemento 1.[4] D. C. Ampuero Barrantes et al., “La tenencia compartida en perú: análisis de sus efectos sobreel principio de interés superior del niño y adolescente,” Chornancap Revista Jurídica, vol. 2,no. 1, pp. 81–97, 2024.[5] M. J. Camino de Menchaca, M. Pardo Castro, and E. Varsi-Rospigliosi, “Inviabilidad de unrégimen legal especial para la tenencia compartida de niños y niñas con discapacidad en elperú,” Acta Bioethica, vol. 29, no. 1, pp. 113–125, 2023.[6] M. A. Chaca Serpa and E. E. Pozo Cabrera, “Tenencia compartida,” Dominio de las Ciencias,vol. 8, no. 3, pp. 2217–2234, 2022.[7] S. J. Orellana Urgilés and E. E. Pozo Cabrera,“La tenencia compartida en elecuador,” Polo del Conocimiento, vol. 8, no. 2, pp. 1772–1796, 2023. [Online]. Available:https://polodelconocimiento.com/ojs/index.php/es/article/view/5274[8] V. V. Verduga-Rios and L. A. Alvarado-Ajila, “Análisis de la tenencia compartida de los hijosmenores de edad en la legislación ecuatoriana,” 593 Digital Publisher CEIT, vol. 9, no. 2, pp.154–161, 2024.Hernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente74
ISSN-e: 2542-3401Período: octubre–diciembre, 2026Universidad, Ciencia y TecnologíaVol. 30, Núm. 133 (pp. 64–75)[9] A. P. Acuña Bustos, “Principio del interés superior del niño: dificultades en torno a suaplicación en la legislación chilena,” Opinión Jurídica, vol. 18, no. 36, pp. 17–35, 2019.[10] F. Carretta Muñoz, “¿es realmente el interés superior del niño una norma de procedimiento? apropósito de la observación general nº 14 del comité de los derechos del niño,” Ius et Praxis,vol. 27, no. 2, pp. 236–255, 2021.[11] C. Bácares Jara, “Un estado del arte analítico de las publicaciones sobre los derechos delniño en español. a propósito de tres tendencias bibliográficas: la negacionista, la oficial y lacontraoficial,” Derecho PUCP, no. 85, pp. 473–515, 2020.[12] J. Cazarez and J. Santamaría, “Solución alternativa de conflictos del ejercicio de la tenenciade niños, niñas y adolescentes,” Ciencia UNEMI, vol. 16, no. 43, pp. 61–82, 2023.[13] B. Gil-Osuna, “Derecho de participación de niños, niñas y adolescentes en procesos de mediaciónpor litigios familiares,” Iustitia Socialis, vol. 8, no. 14, pp. 47–64, 2023.[14] Congreso de la República del Perú, “Ley n.º 31590, ley que regula la tenencia compartida,modifica los artículos 81, 82, 83 y 84 del código de los niños y adolescentes,” Diario Oficial ElPeruano, 2022. [Online]. Available: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2119047-1[15] Comité de los Derechos del Niño, “Observación general núm. 14 (2013) sobre el derecho delniño a que su interés superior sea una consideración primordial (artículo 3, párrafo 1),” 2013.Hernandez D. et al.La tenencia compartida y su relación con el interés superior del niño y del adolescente75