Mosque raet a l. , E l pri n c ipi ode p r esu n c ióndeinocen c iafrente al aa pli c a ci ó n
EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA FRENTE A LA  
APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO EN  
EL ECUADOR  
1
2
3
Hector Mosquera Pazmiño , Eduardo González Romero y Ángel Barrios Miranda .  
{
hector.mosquerap, abel.gonzalezr, angel.barriosm}@ug.edu.ec  
https://orcid.org/0000-0001-7090-1056  
https://orcid.org/0000-0003-3229-5328  
https://orcid.org/0000-0003-3056-4416  
Universidad de Guayaquil  
Guayaquil-Ecuador  
Recibido (08/06/20), Aceptado (23/06/20)  
Resumen: El este trabajo se presenta el análisis del procedimiento abreviado contemplado en el  
Código Orgánico Integral Penal del Ecuador, el cual tiene como naturaleza jurídica, la simplificación  
de las etapas procesales en una única audiencia de juicio, a raíz de que el imputado acepta lo que  
se le atribuye, y consecuentemente recibe una reducción en la pena que corresponda. Si bien es  
cierto, aun cuando existe una apología acerca de que dicho procedimiento se fundamenta en la  
espontaneidad y consentimiento del procesado, tampoco es menos cierto que existe una coacción  
psicológica que ubica al justiciable en un estado de indefensión, en cuanto a la decisión sobre la cual  
estará en juego su libertad, puesto que existe una negociación jurídica con respecto al derecho a la  
defensa y al debido proceso, los cuales proclama de manera expresa la Constitución del Ecuador y  
en los Tratados Internaciones de Derechos Humanos a los cuales estamos adheridos como Estado.  
Palabras Clave: Procedimiento abreviado, principio de presunción de inocencia, debido proceso,  
derecho a la defensa.  
THE PRINCIPLE OF THE PRESUMPTION OF  
INNOCENCE AGAINST THE APPLICATION OF  
THE ABBREVIATED PROCEDURE IN ECUADOR  
Abstract: In this work, the analysis of the abbreviated procedure contemplated in the Organic  
Comprehensive Organic Code of Ecuador is presented, which has as its legal nature, the simplification  
of the procedural stages in a single trial hearing, a root of which the accused accepts what is attributes  
to it, and consequently receives a reduction in the corresponding penalty. Although it is true, even  
when there is an apology that said procedure is based on the spontaneity and consent of the  
process, it is also true that there is a psychological coercion that places the defendant in a state of  
defenselessness, regarding the decision on which will be at stake their freedom, since there is a legal  
negotiation regarding the right to defense and due process, any expressly proclaims the Constitution  
of Ecuador and in the International Human Rights Treaties to which we are adhered as State.  
Keywords: Abbreviated procedure, principle of presumption of innocence, due process, right to defense.  
37  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)  
Mosq Su ae l ro am e ót na le. t, Ea ll . p, r i nci p i o d ep r e s unc i óndein oc e n c i afr e nt e al a ap li c a c i ón
I.INTRODUCCIÓN  
El sistema jurídico-procesal del Ecuador se caracte-  
II.DESARROLLO  
La presunción de inocencia corresponde por natu-  
riza por ser objeto de duras críticas por parte del con- raleza a toda persona objeto de imputabilidad por parte  
glomerado social, así como por aquellos conocedores de órganos estatales competentes para ejercer la admi-  
del derecho. Teóricamente el ámbito procesal ha dado nistración de justicia. La situación jurídica de presun-  
sustanciales pasos de progreso, que va conjuntamente ción de inocencia no es un factor relativamente nuevo,  
de la mano con los grandes sistemas jurídicos europeos, puesto que posee antecedentes en distintos documentos  
sin embargo, es menester recalcar que al final del día, de carácter supranacional con efecto vinculante en di-  
este sistema termina siendo atentado en cuanto a su versos países del mundo.  
naturaleza jurídica, y esto se ve reflejado en los altos  
El más destacable de ellos es sin lugar a duda aquel  
índices delincuenciales que atentan contra la seguridad imperativo de presunción de inocencia inmiscuido en la  
social, todo esto debido a la proliferación de la corrup- Declaración Universal de los Derechos del Hombre [1]  
ción que corrompe hasta el más etéreo sistema jurídico particularmente en su artículo 11.1 el cual establece que  
contemporáneo. Sin embargo, aun cuando en toda per- toda persona acusada de delito tiene derecho a que se  
sona existan indicios de elementos de convicción que presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabi-  
podrían acarrear su culpabilidad total en el hecho que lidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se  
se le atribuye, deberán de respetárseles todos aquellos le hayan asegurado todas las garantías necesarias para  
derechos y garantías proclamadas en los distintos cuer- su defensa.  
pos normativos nacionales e internacionales, en donde  
De esta manera se puede determinar que, de mane-  
uno de los fundamentales es aquel que posibilita su in- ra inexorable toda persona mantiene su estatus jurídico  
tegridad física y mental, y con ello se refiere al princi- de inocencia hasta que no se establezca en su contra  
pio jurídico-fundamental de la presunción de inocencia, las pruebas de convicción suficiente que conlleven a su  
es decir, el estatus jurídico que debe y deberá mante- responsabilidad en cualquier falta cometida, ya sea de  
ner toda persona, la cual esté inmiscuida dentro de un acción u omisión, siempre y cuando dichas pruebas o  
procedimiento determinado, con miras a establecer su elementos de convicción hayan sido encaminadas por  
responsabilidad y por consecuente imponer la sanción el sendero de la ley y el debido proceso del imputado.  
que corresponda, pero hasta que ello suceda, se deberá  
De igual manera en la Convención Americana sobre  
actuar conforme a las reglas del debido proceso del jus- Derechos Humanos [2], su artículo 8.2 establece que  
ticiable. Las diferentes causas penales que se presentan toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se  
en el despacho del juzgador, se sustancian bajo distintos presuma su inocencia mientras no se establezca legal-  
procedimientos que contempla el Código orgánico In- mente su culpabilidad.  
tegral Penal, entre ellos el más conocido y aplicado es  
Es menester que mencionemos uno de los documen-  
el Procedimiento ordinario que consta de las etapas de tos de carácter internacional más citados sobre el tema,  
instrucción fiscal, audiencia preparatoria de juicio y la es el texto de la Observación General Número 13 [3],  
audiencia de juicio. Sin embargo en los último años sur- del Comité de Derechos Humanos en el que se señala  
gieron un grupo de procedimientos especiales, entre los que tomando en cuenta la presunción de inocencia, la  
cuales está el procedimiento abreviado, que entra a regir carga de la prueba recae sobre la acusación y el acusa-  
como un medio alternativo del procedimiento ordinario do tiene el beneficio de la duda. No puede suponerse a  
en cuanto a la sustanciación de las causas penales bajo nadie culpable a menos que se haya demostrado que la  
ciertas condiciones o reglas normativas, esto debido a acusación esté fuera de toda duda razonable. Además, la  
la celeridad con la que actúa, puesto que concentra to- presunción de inocencia implica el derecho a ser tratado  
das las etapas procesales en una única audiencia, pero de conformidad con este principio. Por lo tanto todas las  
lo crítico de este nuevo procedimiento, es su contexto autoridades públicas tienen la obligación de no prejuz-  
jurídico puesto que el justiciable, previa intervención gar el resultado del proceso.  
del fiscal, consiente en cuanto a los hechos que se le  
Lo antes mencionado determina, como el presunto  
imputa y como beneficio recibe una reducción de has- infractor deberá ser tratado como tal en todas las etapas  
ta un tercio de la pena mínima impuesta al tipo penal procesales del juicio, aun cuando los elementos de car-  
que se le atribuye, es decir, que existe una vulneración go puedan contemplar indicios de responsabilidad en la  
a principios constitucionales como el de la presunción falta que se le imputa, puesto que de conformidad con  
de inocencia, debido proceso, tutela judicial efectiva y este principio la carga de la prueba recae sobre la acu-  
el de no autoincriminación.  
sación mientras que el acusado goza del beneficio de la  
duda hasta que no se le imponga una sentencia conde-  
38  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)  
Mosque raet a l. , E l pri n c ipi ode p r esu n c ióndeinocen c iafrente al aa pli c a ci ó n
natoria que determine lo contrario.  
fracción o falta [6], de tal manera que a través del debi-  
Particularmente la legislación Ecuatoriana ha sido do proceso se plantea una garantía para con el imputado  
muy destacada por incorporar innumerables contextos en tanto y cuanto, le permite poder adherirse al mismo  
imperativos de carácter internacional y que a su vez go- para hacer respetar sus derechos y garantías constitucio-  
zan de garantía y seguridad jurídica, y la presunción nales a lo largo de las distintas etapas procesales.  
de inocencia no ha sido la excepción, puesto que en la  
Es posible afirmar que el derecho al debido proceso  
Constitución de la República del Ecuador [4] se estable- se lo concibe como un intrínseco conjunto de garantías  
ce que se presumirá la inocencia de toda persona, y se y derechos de carácter constitucional y supranacional  
tratará como tal mientras no se declare su responsabili- [7], que le asisten a una persona procesada frente a cual-  
dad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada. quier tipo de vulneración procesal, frente al ius punnen-  
La Carta Magna [4] es muy directa en cuanto a de- di, es decir, el poder punitivo que detenta el Estado en  
terminar que lo único que podrá terminar una variación cuanto a la imposición de penas por el cometimiento de  
de carácter jurídico en la presunción de inocencia, es infracciones penales. El debido proceso constituye un  
una resolución firme o sentencia ejecutoriada, pero a principio rector, de sustancial importancia, de amplia  
esto deberá de añadírsele además, de que dicha senten- trayectoria procesal, incorporado tanto en la Constitu-  
cia o resolución firme deberán ser obtenida de confor- ción como en los Tratados Internacionales de Derechos  
midad con la normativa del debido proceso así como Humanos [1].  
respetando los Tratados y Convenios Internacionales de  
Derechos Humanos, puesto que de no ser así, carecerán B.El Procedimiento Abreviado en la Legislación Na-  
de eficacia jurídica y el juzgador podrá ser objeto de cional  
responsabilidad penal por el tipo penal de prevaricato  
el cual se encuentra contemplado en el artículo 268 del miento especial para la aplicación de la administración  
Código Orgánico Integral Penal [5]. de justicia, mediante la expedición del Código de Pro-  
El procedimiento abreviado surge como un procedi-  
El Código Orgánico Integral Penal [5] en el artículo cedimiento Penal [5], publicado en el Registro Oficial  
numeral 4 también manifiesta de manera expresa que Nro. 360 del 13 de Enero del año 2000. De acuerdo a  
5
sin distinción alguna, toda persona conserva su estado lo mencionado se concibe como un procedimiento es-  
de inocencia, mientras no se ejecute una sentencia que pecial puesto que se excluye de la normativa procesal  
determine su culpabilidad.  
aplicable al procedimiento ordinario, sin embargo el  
Por último, en lo que respecta a los sistemas penales mencionado procedimiento especial no cumple con  
contemporáneos, el principio jurídico-fundamental de lo pertinente de otros procedimientos especiales que  
presunción de inocencia se constituye como un derecho contempla el Código Orgánico Integral Penal, en sus  
y una garantía fundamental e irrenunciable para las per- artículos del 634 en adelante, y a su vez dicho procedi-  
sonas, específicamente de aquellas que se ven imputadas miento en razón de la persona acusada, no es más que  
en la comisión de un hecho fáctico punible sancionado un negocio jurídico que celebra el fuero del ministerio  
por la Dogmática Jurídico-Penal. Por consiguiente, esta público, con el imputado y con la venia o aprobación  
institución procesal que fundamenta el cimiento básico del juzgador [8].  
del sistema penal acusatorio vigente, merece los más  
Es importante que las autoridades encargadas de  
escudriñados y profundo análisis doctrinales y universi- administrar justicia comprendan que este tipo de pro-  
tarios para de esta manera, poder alcanzar la efectividad cedimiento especial, al entrar de una u otra manera a  
plena del sistema de administración de justicia.  
reemplazar la sujeción del imputado al procedimiento  
ordinario, deberá de ser aplicado con el debido cuidado  
procesal de no vulnerar en el camino los derechos y ga-  
A.El debido proceso en el Ecuador  
Este derecho constitucional y de carácter jurídico- rantías constitucionales del justiciable, ya que acarreará  
procesal se contempla en nuestra Constitución de la Re- un error insubsanable para el procesado.  
pública del Ecuador del 2008 [4], particularmente en su  
Los procedimientos especiales aplicables son aque-  
artículo 76 en donde reconoce la inexorable aplicación llos que entran a reemplazar en determinados hechos el  
del debido proceso como el sendero sobre el cual se esquema normativo aplicable al procedimiento ordina-  
funda la administración de justicia en cuanto a la deter- rio. En otras palabras y para una mayor comprensión  
minación de la responsabilidad administrativa, civil o del lector, me es indispensable brindar una doctrinal  
penal de una persona.  
conceptualización de los que se entiende por procedi-  
El debido proceso tiende a efectivizar el estatus de miento abreviado.  
la persona a la cual se le atribuye la comisión de una in-  
El hecho de que a través de este proceso se varia el  
39  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)  
Mosq Su ae l ro am e ót na le. t, Ea ll . p, r i nci p i o d ep r e s unc i óndein oc e n c i afr e nt e al a ap li c a c i ón
curso del procedimiento ordinario aplicable, para enca- legislación penal ecuatoriana puesto que el señor fiscal  
minarse por el sendero de este tipo de procedimiento en la mayoría de sus casos y en abuso de sus atribu-  
especial y aún más relevante es el hecho de que para ciones de justicia, aun antes de que se lleve a cabo la  
hacérselo se necesitará la capacidad y consentimiento respectiva audiencia de formulación de cargos , conde-  
absoluto de la parte procesal legalmente facultada en na moralmente la postura del procesado, violentando la  
todos sus sentidos, la misma que se sujetara al proce- presunción de su inocencia de toda persona acusada.  
dimiento abreviado, y que a su vez de manera motivada  
en la mayoría de los casos, consiente en su aplicabilidad C.Reglas del Procedimiento Abreviado  
por el hecho de aquellos mal llamados acuerdos que gi-  
Para esta explicación el artículo 635 del Código Or-  
raran en torno a los hechos y a la pena impuesta a dicho gánico Integral Penal [5], nos describe en forma clara  
procesado, esto con el único fin de anticipar de mane- que el procedimiento abreviado deberá sustanciarse de  
ra abrupta el debido proceso que legalmente le corres- conformidad con las siguientes reglas:  
ponde a toda persona involucrada dentro de un proceso  
penal, la cual en el mismo, podrá presentar las pruebas  
•Las infracciones sancionadas con pena máxima pri-  
de descargo suficiente para atenuar, eximir o extinguir vativa de libertad de hasta diez años, son susceptibles  
totalmente la infracción o el hecho que se le atribuye, de procedimiento abreviado.  
sin embargo con el sometimiento del procesado al pro-  
•La propuesta de la o el fiscal podrá presentarse des-  
cedimiento abreviado, consiente en los hechos fácticos de la audiencia de formulación de cargos hasta la au-  
que se le atribuyen como un medio de escape tanto para diencia de evaluación y preparatoria de juicio.  
él, como para el fuero del fiscal y del mismo administra-  
•La persona procesada deberá consentir expresa-  
dor de justicia, en tanto y cuanto se exhortan de seguir mente tanto la aplicación de este procedimiento como  
con las etapas que corresponde dentro de un procedi- la admisión del hecho que se le atribuye.  
miento ordinario, sino que más bien el proceso se da  
•La o el defensor público o privado acreditará que la  
por finalizado en una sola audiencia del procedimiento persona procesada haya prestado su consentimiento li-  
abreviado, en donde el justiciable de manera anticipada bremente, sin violación a sus derechos constitucionales.  
acepta su presunta responsabilidad en el hecho que se le  
•La existencia de varias personas procesadas no im-  
imputa, con el objetivo previamente pactado, de la re- pide la aplicación de las reglas del procedimiento abre-  
ducción de hasta un tercio de la pena mínima aplicable viado.  
al tipo penal que presuntamente perpetro el procesado.  
•En ningún caso la pena por aplicar podrá ser supe-  
Ahora si bien es cierto, la aplicación de dicho proce- rior o más grave a la sugerida por la o el fiscal.  
dimiento apuntó de manera positiva en ciertos enfoques  
que mencionan las líneas citadas anteriormente, pero  
En lo que respecta al primer numeral, ha existido  
tampoco es menos cierto el hecho de que este procedi- una variación puesto que el antiguo Código de Procedi-  
miento especial ha sido objeto de innumerables criticas miento Penal solo permitía que se sujeten a este proce-  
de juristas y docentes universitarios, los cuales hallan dimiento, las infracciones sancionadas hasta con 5 años  
falencias en la aplicación del mismo, en cuanto a la vul- de pena privativa de libertad, mientras que con la llega-  
neración del principio al debido proceso para con el jus- da del nuevo Código Orgánico Integral Penal aprobado  
ticiable, más concretamente me refiero al principio de la y publicado en el registro oficial N. 180 del 10 de febre-  
presunción de inocencia para con el imputado, puesto ro de 2014, este cuerpo legal determinó que en cuan-  
que este al verse inmiscuido en tal situación en donde to a las reglas de admisibilidad para el procedimiento  
peligra su libertad como derecho fundamental del ser abreviado serán susceptibles aquellos delitos cuyo pena  
humano, en la mayoría de los casos opta por someter- pase de los 10 años, esto tiende a ser un punto de criti-  
se a dicho procedimiento, esto debido a la hegemonía ca puesto que de acuerdo a la dogmática jurídico-penal  
e inconstitucional postura con la que muchas veces se por regla general, aquellos delitos cuya pena privativa  
muestran los fiscales en las distintas etapas procesales, de libertad no supera los 5 años, se los puede conside-  
más concretamente en aquellas en donde tiene la obli- rar delitos culposos, mientras que aquellos que superan  
gación de acuerdo con el articulo 5 numeral 21 de Có- esta pena, es decir, aquellos que superan los 5 años, se  
digo Orgánico Integral Penal, en donde establece que es los considera delitos dolosos.  
obligación del fiscal la presentación de pruebas tanto de  
Pese a aquello y como lo manifiesta el Dr. Ricardo  
cargo como de descargo, es decir aquellas que podrían Vaca Andrade [9], el cual muestra su disconformidad  
eximir, atenuar o extinguir la responsabilidad penal del con esta mecánica, pues, sería restrictiva y poco seve-  
procesado, sin embargo esto no sucede en la praxis de la ra en el caso de que existan personas procesadas, por  
40  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)  
Mosque raet a l. , E l pri n c ipi ode p r esu n c ióndeinocen c iafrente al aa pli c a ci ó n
ejemplo, por el tipo penal de narcotráfico, que hayan así como el de contradicción, lo que garantizaría el de-  
sido sorprendidas bajo delito flagrante y que se cuen- recho a la defensa de las partes, así como para la valo-  
ten con pruebas de cargo incontrovertibles e incluso que ración en su conjunto de la carga probatoria por parte  
estén dispuestas a someterse a este procedimiento y en- del administrador de justicia, y por consecuente llegar  
tregando como datos fundamentales como parte de la a la veracidad procesal para la realización de la justicia,  
negociación del acuerdo y de la pena.  
de igual manera en este principio también se toma en  
El siguiente punto, objeto de crítica es aquel en don- consideración otros principios procesales como son: la  
de como se lo determina en el numeral 2 del artículo inmediación, publicidad, oralidad, unidad de la prueba.  
6
35 del COIP corresponde al fiscal la propuesta al pro-  
La sumisión del procesado al procedimiento abre-  
cesado o a su defensor, la posibilidad de someterse al viado no permite que se produzca todo lo antes mencio-  
procedimiento abreviado, sin embargo este proceso ca- nado, puesto que el justiciable renuncia de una u otra  
rece de un filtro que determine objetivamente la forma forma, con la intervención previa de una coacción psi-  
en la cual se le exprese al procesado la posibilidad de cológica, a su derecho constitucional de ser juzgado en  
someterse a este tipo de procedimiento especial, parti- un Juicio que se sustancie bajo la normativa aplicable  
cularmente esta etapa recae sobre su defensor el cual en el procedimiento ordinario, ante los jueces compe-  
tiene la obligación de darle a conocer a su defendido de tentes, tramitado en todas sus etapas pre-procesales y  
forma sencilla, todo lo que respecta al sometimiento de procesales, y con respeto estricto a las garantías expre-  
este proceso, pero este punto tiende a poder ser objeto sas del debido proceso. Por lo tanto, aceptar la partici-  
de una coacción psicológica por parte del defensor pú- pación del procesado, en la infracción que se le atribuye  
blico o privado y más aún por parte del fiscal, la coac- a una persona, no involucra aceptación de responsabi-  
ción psicológica inevitablemente provoca una sumisión lidad, ya que ello vendría a ser autoincriminación, y de  
mental hacia la psiquis del procesado, este tipo de coac- esta manera se atenta directamente el principio consti-  
ción es ejercida cuando una persona debida a su atribui- tucional de la presunción de inocencia de las personas,  
bilidad particular que la ubica en un estatus superior al determinado en el artículo 77 literal c de nuestra Carta  
de la persona vulnerada, produce lo que en materia de Magna, así como lo expresado en el artículo 5 numeral  
Psicología, se conoce como Psicología Inversa, enten- 8 del COIP en donde se prohíbe la autoincriminación  
dámosla como una técnica de persuasión que tiene por sobre hechos que podrían acarrear anticipadamente la  
objetivo influir en el comportamiento o conducta huma- responsabilidad penal de una persona.  
na para que una persona haga o consienta en determina-  
Otro punto de análisis del artículo 635 del COIP es  
do acto, afectando directamente o indirectamente a su el que determina el numeral 6, en donde una vez que la  
reactancia cognitiva, puesto que al ubicarlo en una po- persona procesada, declara favorable el hecho atribui-  
sición negativa en cuanto a su libertad individual, este do en su contra, entre la Fiscalía y el procesado, posi-  
se ve en la necesidad de ser ingenuamente permisible en blemente el defensor público o privado accionando a  
cuanto a acuerdos que se le puedan plantear, esto debido nombre de su defendido, acuerda una pena inferior a la  
muchas veces, a la falta de compresión o capacidad para prevista en la ley penal para la infracción que se le im-  
poder comprender lo que realmente sucede a su alre- puta a su defendido; hecho por el cual, pasaría a una se-  
dedor y las formas de las cuales se puede adherir para gunda etapa, que es buscar la aprobación del juzgador.  
conseguir el resultado deseado, sin necesidad de ver- Una vez que conozca el acuerdo el Juez competente,  
se inmiscuido en un tipo de coacción psicológica que este no podrá imponer una pena superior ni más grave  
cause colateralmente un daño en garantías y principios que la sugerida por el señor Fiscal, es decir, que con el  
jurídico-fundamentales.  
consentimiento que haga la persona procesada sobre la  
Prueba de lo mencionado en líneas anteriores, es el ejecución del hecho fáctico que se le atribuye, el fiscal  
principio procesal de adquisición, el cual le permite a la a cambio le garantizará que el Juez le imponga la pena  
persona procesada hacerse de prueba que se presente de acordada.  
manera valida y que pudiere beneficiarle en cuando a  
De esta manera el procesado evita someterse a un  
un factor de descargo en la responsabilidad penal que se juicio ordinario, exhortándose a sí mismo del derecho  
le esté imputando, el principio de adquisición considera de ser sometido a un juicio de culpabilidad, en donde  
irrelevante el hecho de quien es el que aporta la prueba de manera pública, motivada, oral y contradictoria se lo  
que pudiere ser beneficiosa para la persona procesada, juzgue, en base al principio de atribuibilidad que inclu-  
siempre que se la produzca de manera legal. En este ye los sub-juicios de imputabilidad y culpabilidad. De  
sentido, este principio se encuentra directamente rela- igual manera desde el momento en que un imputado es  
cionado con el principio de oportunidad para la prueba, liberado del juez competente por la legislación penal  
41  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)  
Mosq Su ae l ro am e ót na le. t, Ea ll . p, r i nci p i o d ep r e s unc i óndein oc e n c i afr e nt e al a ap li c a c i ón
para la determinación de su culpabilidad, para some- posible aplicación del procedimiento abreviado y;  
terlo a otro juzgador incompetente para tal determina-  
2.- En el supuesto de que previo a un análisis de los  
ción, se violenta el derecho de defensa y a través de argumentos y elementos de convicción presentados por  
una resolución firme o sentencia, se le impone una pena la Fiscalía, la defensa pública del procesado conside-  
inconstitucional, puesto que solamente el individuo im- rase oportuno y beneficioso una aplicación del proce-  
putable que ha sido debidamente expuesto y declarado dimiento abreviado pues deberá entrar en una fase de  
como tal por los órganos jurisdiccionales siguiendo el asesoramiento para con el procesado en todo lo concer-  
procedimiento previamente establecido en la ley, es el niente a la aplicación de este procedimiento especial,  
que puede ser constitucionalmente considerado y reco- mismo que deberá hacerlo con un lenguaje sencillo y  
nocido legalmente como culpable, caso contrario dicho claro haciendo saber tantos las ventajas como las des-  
actúa carecerá de eficacia jurídica [8].  
ventajas del mismo de tal manera que el procesado pue-  
da comprender con claridad los mecanismos legales a  
D.Rol de la Defensoría Pública frente a la aplicación los cuales su libertad pudiese acogerse de ser estricta-  
del Procedimiento Abreviado  
mente necesario.  
La Defensoría pública es el órgano autónomo de  
La Defensoría Pública cada año acoge un sin nú-  
la Función Judicial que tiene como objetivo principal mero de causas judicial en distintas materias, concre-  
garantizar el acceso directo y eficaz de las personas, tamente en el periodo comprendido del mes de enero  
comunidades, pueblos y nacionalidades hacia la justi- hasta diciembre del 2019, la Defensoría pública dentro  
cia cuando estos individuos carezcan de la oportunidad de su boletín estadístico anual del año 2019 presento los  
de contratar su propia defensa técnica. De acuerdo a la siguiente resultados concernientes al patrocinio de cau-  
Constitución del Ecuador de 2008 [4] en su artículo 192 sas en materia penal por principales tipo de infracción.  
manifiesta que la Defensoría pública prestara su servi-  
cio legal, técnico, oportuno, eficiente, eficaz y gratuito,  
en el patrocinio y asesoría jurídica de los derechos de acogerse a este tipo de procedimiento especial son de-  
las personas, en todas las materias e instancias. litos de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas  
En la práctica los delitos que normalmente suelen  
Hablando en materia penal, y al menos haciendo a fiscalización, delitos de violencia contra la mujer o  
un análisis teórico es en la Defensoría pública sobre la miembros del núcleo familiar y delitos contra la inte-  
que recae el peso del patrocinio legal del procesado en gridad sexual y reproductiva, y más aún cuando los  
todas las instancias que conlleve el proceso, se presu- mismos fueron hallados en situación de flagrancia, lo  
pone que debe existir un asesoramiento oportuno del que por ninguna razón debe ser causal de exclusión del  
defensor público así como también una consecuente debido proceso que les compete.  
cooperación del procesado en cuanto a la información  
Dos son pues aquellos aspectos que a mi juicio son  
necesaria para sustentar la teoría de la Defensoría pú- duramente criticables con base en los argumentos antes  
blica. No obstante como es de conocimiento de todos, mencionados:  
en la práctica los presupuestos legales contenidos en la  
1.- El procedimiento abreviado en la actualidad se  
letra son totalmente distintos, puesto que en la mayoría ha convertido en el recurrir normal y constante de los  
de los casos los patrocinios puestos a consideración de defensores públicos, puesto que como es de conoci-  
la Defensoría son duramente criticados y cuestionados miento de todos este tipo de procedimiento son usual-  
por el deficiente desempeño de su rol como defensores mente mucho más aplicados por el patrocinio de una  
de los desprotegidos.  
defensoría pública en aquellos delitos que involucran  
Los presupuestos lógicos que a mi criterio debe fuertes violaciones no únicamente a los derechos de las  
tener en cuenta el defensor público frente a una posi- víctimas sino también a los del procesado y;  
ble aplicación del procedimiento abreviado serían los  
2.- El hecho de que los delitos que en su mayoría  
siguientes: 1.- Análisis exhaustivo de los elementos de son patrocinados por la Defensoría pública y que por  
convicción tanto de cargo como de descargo que en la su naturaleza jurídica pueden ser objeto de aplicación  
audiencia de calificación de flagrancia y formulación de del procedimiento abreviado, son aquellos delitos que  
cargos deberá presentar la Fiscalía, teniendo en cuenta detentan graves violaciones a los bienes jurídicos pro-  
criterios de valoración probatoria como legalidad, per- tegidos de las victimas así como de los cuales es titu-  
tinencia, conducencia, nexo causal entre otros, mismo lar la sociedad, la salud y la seguridad ciudadana. Esto  
que servirán a la defensa técnica como elementos es- implicaría por ende otro de los problemas dentro del  
clarecedores que le permitan llegar a la conclusión de procedimiento abreviado, mismo que si bien es cierto  
la necesidad o no de poder solicitar a su defendido una no es razón de análisis del presente artículo no obstante  
42  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)  
Mosque raet a l. , E l pri n c ipi ode p r esu n c ióndeinocen c iafrente al aa pli c a ci ó n
es importante su mención y es aquel que recae ya no dedora, puesto que se debe realizar una deducción para  
en el deficientísmo del actuar de la Defensoría públi- diferenciar el límite entre el mundo de un expendedor  
ca sino mas bien en el deficientísmo del Derecho Penal o comercializador y el de un consumidor o usuario al  
para con las víctimas quienes al buscar una plenitud o cual la Constitución le atribuye un problema de salud.  
justicia” en cuanto a la pena que le correspondiese al En el caso concreto, a través del examen toxicológico  
procesado como consecuencia de sus actos debidamen- se concluye en que la mujer presentaba una impresión  
te comprobados, se encuentra con el hecho de que a su diagnóstica de adicción a la droga (heroína) por lo que  
infractor le corresponderá una pena reducida de la que el perito sugirió que dicha mujer sea tratada en un cen-  
penalmente le correspondiese por el hecho de haberse tro especializado en problemas de adicción así como las  
acogido a este tipo de negocio jurídico.  
pruebas en su sangre dieron negativo para marihuana y  
positivo para heroína y cocaína.  
E.- La crítica teórica confirmada en la práctica  
Aún con los antecedentes médicos antes expuestos,  
El proceso penal signado con el No. 09289-2017- la causa se siguió sustanciando con normalidad y en la  
0
0210 tiene relación con el delito de tráfico ilícito de audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio la Fisca-  
sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en media- lía más allá de toda evidente duda razonable respecto  
na escala que contempla una pena privativa de libertad al cuadro de adicción solicita al defensor público de la  
de cinco a siete años según el artículo 220 numeral 1 procesada la posibilidad de la aplicación del procedi-  
literal c) del COIP.  
miento abreviado, negociando una pena privativa de  
La noticia criminis de este caso se dio mediante un libertad de tres años cuatro meses lo cual dio por fi-  
aviso telefónico al personal policial que se encontraba nalizado el proceso con la aceptación voluntaria de la  
de patrullaje, el comunicado expuso la presencia de procesada y la autorización del respectivo juzgador.  
una persona que se encontraba en situación sospecho-  
sa y con una apariencia narco-dependiente, en ningún  
Este proceso demuestra como varias de las críticas  
momento se menciona la existencia de algún cruce de que se formulan respecto al procedimiento abreviado  
manos, motivo por el cual el personal policial se movi- tienen sustento y se verifican en la práctica por lo si-  
lizó al lugar y al encontrar a la persona que guardaba guiente:  
relación con las características brindadas por el aviso  
1.- En el caso analizado el Informe Psicosomático  
telefónico, se procedieron a acercar y a identificar como y Toxicológico dio resultados concretos en cuanto a la  
miembros de la Policía Nacional, consecuentemente existencia de una evidente impresión diagnóstica de  
se le encontró en su mano derecha 8 fundas plásticas adicción de la heroína por parte de la procesada, es de-  
de características sospechosas, motivo por el cual fue cir, la procesada en relación con el cuadro diagnostico  
inmediatamente aprehendida y llevada a la Unidad de era una consumidora y adicta a la heroína, misma sus-  
Polícia más cercana, previa a la emisión del certificado tancia que se le encontró en su poder y que no se pudo  
médico del galeno de turno, a esperas de realizarse la comprobar por parte de los elaboradores del parte ni de  
respectiva audiencia de calificación de flagrancia y for- la Fiscalía de que fue hallada flagrantemente en algún  
mulación de cargos. Las sustancias fueron sujetas a la cruce de manos con otras personas. El artículo 364 de  
Prueba de Identificación preliminar Homologada dando la Constitución del Ecuador del 2008 establece la no  
como resultado Positivo para heroína con un peso bruto criminalización de las adicciones, al ser consideradas  
de 1.7 gramos y un peso neto de 0,9 gramos.  
un problema de salud pública al cual se le acompaña-  
En la audiencia, a la procesada que responde a los ran programas de información, prevención y control de  
nombres de Luisa F. (nombre protegido) asistida por un consumo así como tratamiento y rehabilitación para las  
defensor público, se le formularon cargos por el deli- personas consideradas como consumidores ocasionales,  
to de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a habituales y problemáticos, aspecto que se le negó ro-  
fiscalización en mediana escala, por lo cual la Fiscalía tundamente a la persona procesada en el caso planteado.  
determinó un tiempo de instrucción fiscal de 30 días y  
2.- La Corte Constitucional dentro de la sentencia  
solicitud de la excepcional aplicación de prisión pre- No. 7-17-CN/19 determino algunos puntos importantes  
ventiva la cual fue concedida por el juzgador. Dentro aplicables a las causas por el presunto delito de tráfico  
de la instrucción fiscal se le realizó a la procesada el de sustancias ilícitas. La Corte determinó que es impor-  
respectivo examen psicosomático y toxicológico, pues- tante entender que si bien es cierto la tabla sobre te-  
to que a mi juicio no siempre la persona detenida con nencia de sustancias expedidas por el Consejo Nacional  
cierta cantidad de gramos que no sobrepase de la lógica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas CONSEP  
común debe ser categorizada y procesada como expen- contiene los máximos de tenencia, en el evento de que  
43  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)  
Mosq Su ae l ro am e ót na le. t, Ea ll . p, r i nci p i o d ep r e s unc i óndein oc e n c i afr e nt e al a ap li c a c i ón
una persona se encuentre en posesión de una cantidad gación está encaminada a la comprobación de hipótesis  
superior a la establecida en la tabla, le corresponde al de causa-efecto, a partir de la identificación y estudio  
fiscal buscar los elementos de convicción de cargo y de las misma. En el presente artículo científico se obtu-  
descargo a fin de que el juzgador los valore y de vo información a través de la exploración documental  
llegar a la etapa del juicio, las pruebas solicitadas, orde- bibliográfica, páginas web institucionales, consulta de  
nadas, practicadas e incorporadas en el juicio deberán libros de gran trascendencia doctrinal, obras de natura-  
ser procesadas por los operadores de justicia. Es decir leza jurídica, entrevistas a docentes, profesionales del  
que a pesar de que a una persona se le encuentre en su Derecho en el libre ejercicio y personal administrativo  
poder una cantidad de sustancia superior a la estipulada de Unidades Judiciales.  
en la tabla su estatus jurídico de inocencia frente a la  
catalogación de consumidor no se desnaturaliza, puesto IV.RESULTADOS  
que le corresponde a la Fiscalía establecer si esa perso-  
na adecuo íntegramente su conducta al verbo rector de teniendo como sustento una serie de recopilaciones,  
comercializar. teóricas, doctrinales, legales y jurisprudenciales el pre-  
.- Se pone de relieve como en la mayoría de los sente artículo científico sobre el Principio de presunción  
Con los antecedentes antes expuestos y analizados  
3
casos, ni siquiera antes aquellos que conllevan intrín- de inocencia frente a la aplicación del Procedimiento  
secamente un problema de salud pública, la Fiscalía so- Abreviado en el Ecuador ha llegado a los siguientes re-  
licita la medida excepcional de prisión preventiva, sin sultados.  
siquiera poder sustentar con elementos de convicción  
1.- Como consecuencia de la aplicación premedita-  
objetivos la peligrosidad de que la persona proceda pu- da del Procedimiento Abreviado se incurre en una ab-  
diese o no comparecer al proceso, sino que más bien soluta e insubsanable vulneratoria de derechos constitu-  
este tipo de medidas se han convertido en nuestro siste- cionales, concretamente al destruir la situación jurídica  
ma de justicia en un uso común y repetitivo por parte de de inocencia del imputado, careciendo de justificativo  
los Fiscales en la mayoría de sus acusaciones, contra- alguno la apología de constituir con este una celeridad  
poniéndose contra todo presupuesto legal de excepcio- procesal latente para la continuidad dinámica de la ad-  
nalidad o de ultima ratio.  
ministración de justicia, puesto que como es de cono-  
cimiento público uno de los mayores problemas de la  
administración de justicia ordinaria, mismo que no ha  
variado con la aplicabilidad del procedimiento abrevia-  
III.METODOLOGÍA  
La metodología utilizada en el presente artículo do en los casi 20 años de su vida jurídica, es la lentitud  
científico es la metodología cualitativa, la cual parte del procesal con la que se despachan las causas tanto en la  
punto de determinar con claridad la problemática a ana- Fiscalía como en las distintas Unidades Judiciales, Cor-  
lizar así la causa latente que provoca el efecto que se tes o Tribunales de Justicia del Ecuador.  
plantea a partir de una hipótesis, la cual al ser objeto de  
2.- Hasta antes de la llegada de la Ley Orgánica  
una investigación exhaustiva analítica, proporcionara Reformatoria el Código Orgánico Integral Penal [5] el  
el resultado deseado en el presente artículo, la meto- Procedimiento Abreviado se constituía en una peligro-  
dología cualitativa es una de las dos metodología de la sidad latente en aquellas causas que se acogían a su na-  
investigación que se esgrime en las ciencias prácticas, turaleza jurídica o beneficio, esto debido a que a lo largo  
la cual se basa en los aspectos que no son susceptibles de su transcendencia en el marco procesal a reflejado  
de cuantificación, cabe señalar que el estudio que se ha un sustancial agravio contra la constitucionalidad y se-  
realizado es de carácter explicativo con una orientación guridad jurídica de la sociedad, puesto que la mayoría  
cualitativa ya que en la misma he recogido mecanismos de las conductas penalmente relevantes que podían ser  
múltiples sobre diversos aspectos que abarca el tema objeto de acogerse al Procedimiento abreviado como  
planteado, para ello es menester determinar la causa consecuencia de no sobrepasar de una condena de 10  
sine qua non del problema, mismo que se explicará años de pena en abstracto, eran aquellas conductas que  
mediante argumentos objetivos, verdaderos y demos- constituyen graves violaciones a los bienes jurídicos de  
trables.  
las personas e inclusive a los bienes jurídicos del mismo  
La razón última de la investigación cualitativa es de- procesado, y entre esas conductas ilícitas que se acogie-  
sarrollar un resultado a el factor conducente a un fenó- ron durante el periodo de laguna legal que contenía este  
meno viviente en la problemática social, explicar bajo procedimiento respecto de sus reglas, se encontraban  
qué condiciones se origina y fundamental las razones los delitos contra la integridad sexual y reproductiva,  
que lo ocasionan, de tal manera que este tipo de investi- secuestro y violencia contra la mujer o miembros del  
44  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)  
Mosque raet a l. , E l pri n c ipi ode p r esu n c ióndeinocen c iafrente al aa pli c a ci ó n
núcleo familiar. No obstante los delitos como tortura, cesal, en donde se da en venta la libertad y el debido  
aborto no consentido, robo sin muerte, instigación al proceso del justiciable, a cambio de una celeridad fal-  
suicidio entre otros, aún pueden acogerse a este tipo de seada del proceso. Con respecto a lo antes mencionado  
procedimiento inconstitucional.  
se usa como apología de todos los llamados procedi-  
3
. Se pone de manifiesto la ausencia de un mínimo mientos especiales al decir que resulta un punto acerta-  
de lógica jurídica respecto a los partícipes dentro de do en cuanto a la celeridad procesal. De igual manera se  
este tipo de proceso, como lo son inevitablemente los ha concluido, que la aplicación de este procedimiento,  
operadores de justicia, la Fiscalía, pero por sobre todo atenta contra el principio procesal de la legitima defensa  
la defensa técnica pública o particular que patrocine al para con el procesado, el cual es de carácter inviolable  
procesado, puesto que son cómplices del atropello a de- e irrenunciable, pero al conllevarlo de manera capciosa  
rechos supra-constitucionales del procesado al omitir por el sendero fraudulento del consentimiento del acto  
el brindar una asesoría técnica que suponga un mínimo punible, este se ve despojado de todo intento posible-  
de seguridad jurídica para con su cliente al reprochar y mente eficaz para extinguir totalmente los hechos de los  
negar este tipo de negociación de pena que pondrá en que se le acusan, en otras palabras se menoscaba la nor-  
juego la libertad de su defendido, mientras que por el mativa constitucional proclamada en el artículo 76 de  
otro lado tenemos Fiscalía quien solo pretende llegar la Constitución del Ecuador, así como el artículo 28 del  
a una acelerada e injustificable sentencia condenatoria Código Orgánico de la Función Judicial en lo pertinente  
ejecutoriada más allá de toda presunción inocencia.  
a alcanzar a través del sistema procesal la realización de  
4
.- El Procedimiento abreviado carece en lo absoluto la justicia, pero de que utópica justicia hablamos, si se  
de uno de sus presupuestos que sustentan su existencia coadyuva psicológicamente al imputado para la sumi-  
en nuestro marco legal, esto es, el consentimiento o li- sión del mismo en lo que respecta a hechos que jamás  
bre albedrío. En este sentido, es inexorable de que los se probaran plenamente, debido a que por la naturale-  
operadores de justicia no solo se apeguen a los presu- za jurídica del procedimiento abreviado, se simplifican  
puestos de forma o solemnidades que instiguen a con- todas las etapas procesales en una única audiencia, de  
sentir en aplicar un procedimiento abreviado, sino que tal manera que las presuntas pruebas de cargo de la  
analicen haciendo un ejercicio de objetividad aquellas fiscalía, jamás serán objeto de contradicción por par-  
evidencias y elementos de convicción en los cuales se te del procesado, puesto que este consiente de manera  
sustente el argumento fiscal, de tal forma que el consen- anticipada y guiada por la apología del fiscal, para que  
timiento del procesado tanto en la aplicación del proce- declare su culpabilidad y a manera de garantía, recibirá  
dimiento abreviado así como en la aceptación del hecho una reducción en la pena que se le impondrá.  
que se le imputa, ponga de manifiesto la condición de  
Por lo tanto es indisponible el negociar con el dere-  
que el individuo actúa con libre voluntariedad y concre- cho de defensa, como no se puede negociar con el dere-  
tamente que su admisión de responsabilidad es libre y cho de la libertad.  
transparente más no el resultado de factores coercitivos  
o de coacción psicológica. En ese mismo conducto de REFERENCIAS  
pensamiento resulta fundamental que la Fiscalía bajo [1]A. Verdoodt, Declaración Universal de los Dere-  
ninguna circunstancia motiven o soliciten a la contra- chos del Hombre: nacimiento y significación., Editorial  
parte la aplicación del procedimiento abreviado, sino Mensajero, 1970.  
que sea la defensa la que luego del análisis del caso, [2]S. García Ramírez, «El debido proceso. Concepto  
solicite a la Fiscalía la posibilidad de someterse a este general y regulación en la Convención Americana so-  
procedimiento especial  
bre Derechos Humanos,» Bol. Mex. Der. Comp., vol.  
9, nº 117, 2006.  
[3]CDH, «Comité de Derechos Humanos. Observación  
3
V.CONCLUSIONES  
El negocio jurídico al cual le atribuyen la denomi- general número 13.,» 1984. [En línea]. Available: ht-  
nación de procedimiento abreviado es una maquina tps://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexter-  
vulneradora de derechos constitucionales de carácter nal/Download.aspx?symbolno=INT%2fCCPR%2fGE-  
nacional y supranacional, puesto que pone en un esta- C%2f4721&Lang=en.  
do mental de indefensión al imputado, al momento en [4]Ecuador, «Constitución de la República del Ecua-  
el que acuerda una reducción de la pena siempre que dor,» 2008. [En línea]. Available: https://www.oas.org/  
este se exhorte de su libertad y de su derecho al debido juridico/pdfs/mesicic4_ecu_const.pdf.  
proceso, al consentir en todos las acciones y omisiones [5]R. Oficial, «Codigo Orgánico Integral Penal,» [En  
que se le atribuyen, siendo este un tipo de tradición pro- línea]. Available: https://tbinternet.ohchr.org/Treaties/  
45  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)  
Mosq Su ae l ro am e ót na le. t, Ea ll . p, r i nci p i o d ep r e s unc i óndein oc e n c i afr e nt e al a ap li c a c i ón
CEDAW/Shared%20Documents/ECU/INT_CEDAW_ Ecuador.,» Revista de Ciencias Sociales, 2015.  
ARL_ECU_18950_S.pdf.  
[8]E. Zavala, Código Orgánico Integral Penal. Teoría  
del delito y sistema acusatorio., Editorial Murillo, 2014.  
[6]J. Santos, «El debido proceso penal,» 2009.  
[7]S. Zambrano, «El acceso a la justicia y tutela judi- [9]R. Vaca, Derecho Procesal Penal Ecuatoriano., Qui-  
cial efectiva en relación con la seguridad ciudadana en to: Ediciones Legales., 2015.  
46  
ISSN 2542-3401/ 1316-4821  
UNIVERSIDAD, CIENCIA y TECNOLOGÍA Vol. 24, Nº 102 Julio 2020 (pp. 37-46)