Derecho al trabajo autónomo en el espacio público y el derecho a la ciudadResumen.-La presente investigación identifica su análisis en las principales características que evidencian el trabajoautónomo en el espacio público y cómo el derecho a la ciudad puede ser ejercido por los principales actores; modelaun documento de orden cualitativo, de tipo teórico - descriptiva y documental, en función de una revisión de lanormativa legal y jurisprudencial ecuatoriana. A pesar de que en el Ecuador se presenta la normativa legal estudiadas,el derecho al trabajo encuentra respecto a algunos derechos ciudadanos. Las competencias que ejercen lasinstituciones sobre el uso y ocupación del suelo no son una limitación para que se impida a las personas el trabajo,pero pueden, en el marco de su competencia, regular el mismo; esto siempre en garantía de los derechosciudadanos y de los trabajadores autónomos a quienes se les debe garantizar un trabajo digno en el más ampliosentido que ello implique.Palabras clave: Espacio público, derecho al espacio público, derecho a la ciudad, trabajo autónomo, trabajo informal.Sánchez et al. Derecho al trabajo autónomo en el espacio público y el derecho a la ciudadSánchez Piñuela María Joséhttps://orcid.org/0000-0003-4477-5417maria.j.sachez.p@pucesa.edu.ecPontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato.Ambato, EcuadorSalazar Sánchez Wagner Guillermohttps://orcid.org/0000-0002-6631-3441wsalazar@pucesa.edu.ecPontificia Universidad Católica del EcuadorSede AmbatoAmbato, EcuadorAbstract.- This research identifies its analysis in the main characteristics that demonstrate autonomous work in publicspace and how the right to the city can be exercised by the main actors; models a document of a qualitative nature, of atheoretical - descriptive and documentary type, based on a review of the Ecuadorian legal and jurisprudentialregulations. Despite the fact that in Ecuador the legal regulations studied are presented, the right to work finds respectto some citizen rights. The powers exercised by the institutions on the use and occupation of the land are not alimitation to prevent people from working, but they can, within the framework of their competence, regulate it; Thisalways guarantees the rights of citizens and self-employed workers who must be guaranteed decent work in thebroadest sense that this implies.Keywords: Public space, public space rigths, city right, self-employment, informal work.Right to Autonomous Work in Public Space and the Right to the City226Recibido(18/04/2022), Aceptado(05/05/2022)https://doi.org/10.47460/uct.v26i114.607
I. Introducción.La informalidad laboral o mejor conocida como trabajo autónomo que se produce en el espacio público de unalocalidad es visualizado como un fenómeno peculiar de ciudades que cuentan con una estructura económica marcaday donde, además, se puede apreciar una estructura productiva enfocada en el comercio no especializado en el que elcimiento de la economía se encuentra poco diversificada [1] .Del mismo modo, el trabajo autónomo se puede presentar en espacios donde existe una marcada tendencia hacia lasdiversas circunstancias del trabajo por cuenta propia, y donde es evidentemente acentuado el incremento migratoriointerno de una nación, mostrando las fisuras estructurales en la distribución del ingreso familiar que se manifiesta endificultades para el acceso al mercado laboral, así como al sistema de seguridad social y por consiguiente al sistemaeducativo [2].Para el caso de Latinoamérica, la crisis económica que ha golpeado a las economías estatales, así como la ausenciamarcada de puestos de trabajo y de salarios insuficientes en los puestos laborales existentes, han obligado a lostrabajadores autónomos encaminarse con más frecuencia hacia lo informal o el trabajo no estructurado [3] .Por otro lado, es de vital importancia tomar en consideración el derecho al trabajo autónomo en el espacio público, elmismo que en la actualidad se ha reconocido en la Constitución ecuatoriana, específicamente en el Art. 329 incisotercero, donde además plantea los lineamientos respecto de las competencias de los Gobiernos AutónomosDescentralizados (GAD) en las que se faculta a estas instituciones el control, el uso y ocupación del suelo, lo que haprovocado una tensión en aras de establecer una armonía entre el derecho al trabajo y las competencias de los GAD,por tanto, es necesario que se establezcan límites entre los mismos [4].Ante lo expuesto, la presente investigación se extiende bajo la premisa del desarrollo del derecho al trabajo desde elderecho individual al colectivo, es decir, se reconoce tanto el trabajo subordinado como el trabajo autónomo, el cualdebe apegarse al cumplimiento y garantía de la dignidad de las personas, lo que lleva a que se contemplen lasnecesidades básicas del trabajador, así como de su entorno familiar, sin olvidar al Estado como garantiza de proveedorde servicios en el que las personas que no consigan empleo, puedan adquirir alguno [5].III. DesarrolloA. El trabajo autónomoPartiendo desde la premisa del trabajo autónomo, precisamente en 1972, la Organización Internacional del Trabajo(OIT) empleó por primera ocasión la terminología “sector no estructurado” buscando definir las actividades de lostrabajadores precarizados que no tenían reconocimiento, registro, protección o no se encontraban regulados por lasautoridades públicas [3].Para la OIT, el empleo informal circunscribe todo trabajo remunerado que no se encuentra registrado, regulado oprotegido por normativa legal, así como también al trabajo no remunerado que es ejecutado en una empresa, sinolvidar que los trabajadores informales no cuentan con contratos de empleo estables, prestaciones laborales,protección social o representación laboral [6].El alto índice poblacional dedicado al trabajo autónomo evidencia el goce de un salario inconstante e insuficiente queabarca ramas asociadas al pequeño comercio, los micro emprendedores, empleados domésticos, y todos lostrabajadores que laboran a domicilio, sin olvidar a los vendedores ambulantes [3].227Sánchez et al. Derecho al trabajo autónomo en el espacio público y el derecho a la ciudad
Datos estadísticos muestran que el sector autónomo o informal en Ecuador, constituye uno de los sectores conmayores ingresos monetarios, aunque no es considerado un sector oficial, sus estimaciones económicas ascienden al31.77% del PIB mundial, el cual representa $25.650.327 USD, cifra que es superior al propio PIB estadounidense y deigual forma al PIB de la Unión Europea, como consecuencia de su posicionamiento mundial en más del 80% de lapoblación en edad de trabajar [7].La forma de trabajo descrita, nace de la necesidad de subsistir de las personas, así como de la falta de accionesafirmativas por parte de quien garantiza sus derechos que en este caso es el Estado, o a su vez por la clara esenciapostcolonialista que se ha enraizado en la sociedad en donde se ha legitimado el bienestar de unos pocos sobre otros.Al mismo tiempo, no se puede dejar de lado también la realidad de que los trabajadores autónomos pertenecen agrupos de atención prioritaria, debido a que desempeñan su labor a la intemperie, bajo condiciones extremas de frío ocalor, bajo la inseguridad y la insalubridad, y son personas que son denigradas o humilladas por otros miembros de lasociedad, determinando así el no goce del derecho a la salud, vivienda, seguridad social por el hecho de no percibir unsueldo fijo [8].Por otro lado, el trabajo informal está asociado con la pobreza y malas condiciones laborales. Sin embargo, variosespecialistas en la materia han tenido la intención de cambiar la percepción del significado de economía informal,argumentando en primera instancia que las economías informales son capaces de satisfacer las demandas que elsector formal no puede satisfacer, lo que demuestra por casos específicos que este sector ofrece más oportunidadesde trabajo que el sector tradicional de la economía [9].En resumen, el sector informal es considerado un elemento en la economía de los estados altamente significativo, y espor ello que, el comercio informal puede ser catalogado como fuente comercial y económica relacionada con la compray venta de productos y servicios asociados a las prendas de vestir, frutas, verduras, alimentos y demás productos queofrece un individuo proveniente de un pequeño capital que puede evidenciarse por medio de un puesto informal en lacalle o de manera ambulante, que en definitiva contribuye a la economía de la sociedad.B. Espacio público y el derecho a la ciudadPara determinar la realidad del trabajo autónomo, es pertinente también definir el contexto de espacio público,reconociéndolo como un espacio que se somete a una regulación determinada por la Administración Pública, y queposee la facultad de dominio del suelo para garantizar el acceso a todas las personas y plantea las condiciones deutilización y de instalación de actividades sobre el mismo [10].El espacio público en la modernidad nace de la independencia formal respecto de la propiedad privada urbana, que seexpresa en el catastro y se vincula con el derecho de erigir edificaciones, a su vez la propiedad pública, que se reconocede dominio público se subroga al orden jurídico y adquisición de derechos por medio de una cesión de los mismos,como cuando no se permite la construcción sobre una propiedad, bajo el concepto de interés público [11].En Latinoamérica, el espacio público es considerado el espacio de la vida social, donde no sólo se encuentran grupossociales de orden complejo y diverso, sino que también se desarrollan relaciones sociales desiguales entre susprincipales bases que son la ciudadanía, las instituciones y la ciudad. Bajo un sentido histórico, el espacio público se hapercibido como culto del pueblo asociado con los temas de la política, la cultura, el mismo Estado, el gobierno, suspoderes públicos, las autoridades, la administración, la comunidad y la sociedad [12].228Sánchez et al. Derecho al trabajo autónomo en el espacio público y el derecho a la ciudad
Desde hace décadas atrás, las ciudades de América Latina se han caracterizado por la actividad en sus calles y espaciospúblicos donde se ofertan a la ciudadanía un sinnúmero de productos y alimentos [13]. Además, el crecimiento urbanoha aumentado considerablemente, no proporcional a la creación de empleos; lo que a su vez permite el uso deespacios públicos en búsqueda de la subsistencia. Lo dicho anteriormente ha desencadenado que este grupo de trabajadores sea objeto de criminalización por parte delas autoridades de turno, e incluso por la ciudadanía en general, como consecuencia de los aspectos negativos queenmarcan sus actividades económicas. Debido a que las consideran como acciones al margen de la ley, y en un espaciopúblico que también es visualizado como un impedimento para el desarrollo planificado y funcional de una ciudad, o ensu caso para el orden y buena administración estatal. Ante lo expuesto, la OIT ha emitido su pronunciamiento debido a la necesidad de que las autoridades urbanas, que sonquienes controlan, gestionan y supervisan lugares de trabajo informales, efectúen acciones integrales y sistematizadascon las autoridades nacionales relacionadas con el trabajo, buscando asegurar el acceso regulado al espacio público, elacceso efectivo a la justicia y el derecho al trabajo digno, tomando en consideración que los estándares de éste debengarantizarse también al sector informal [6].Esto supone que la administración estatal no se limite a generar estrategias de recuperación del espacio públicomediante la persecución policial o administrativa, sino que le apueste a la formulación de estrategias efectivas quegaranticen el derecho al trabajo de los trabajadores informales en dicho espacio.III. MetodologíaLa presente investigación modela un documento de orden cualitativo, de tipo teórico - descriptiva y documental. Losdocumentos empleados fueron estructurados de manera cronológica, reconociendo generar una base de datos que segeneró a través de un gestor bibliográfico especializado. La figura 1 describe los pasos realizados para la ejecuciónpara la revisión de documentos académicos.229Sánchez et al. Derecho al trabajo autónomo en el espacio público y el derecho a la ciudadFig. 1. Fases de la metodología desarrollada.En la fase 1 se definieron los elementos de la investigación a partir de las preguntas de investigación y enfocados en losobjetivos, luego se establecieron las estrategias de búsqueda, para definir las bases de datos especializadas y loscriterios de exclusión a considerar, así como las características individuales requeridas para la búsqueda. En la fase 3 serealizó una evaluación de los criterios de inclusión y exclusión en los documentos seleccionados, logrando depurar labase de datos y seleccionando solo los que verdaderamente se ajustaban a las necesidades de la investigación.Finalmente en la fase 4 se analizó la información particular de cada trabajo, para extraer los elementos que enriquecenla investigación y poder corresponder a los objetivos propuestos.En cuanto a los criterios de búsqueda utilizados para la localización de los documentos a emplearse, se incluyerondescriptores asociados a términos como: espacios públicos, derecho al espacio público, derecho a la ciudad, trabajoinformal, trabajo autónomo, derecho al trabajo. Dichos descriptores fueron combinados de manera aleatoria para unamejor búsqueda especializada, con el objetivo de amplificar los resultados a encontrarse. Al ejecutar la búsqueda de losdocumentos en las bases de datos especializadas empleadas, se preseleccionaron 39 artículos, de los cuales seseleccionaron 34, los cuales se modelan a las variables del presente documento.
Sin embargo, no se tomaron en consideración documentos que no se relacionaban con la temática de investigación, asícomo también aquellos textos que no se encontraban indexados.De manera posterior, se procedió a ejecutar el análisis medular de cada una de las temáticas abordadas, puntualizandolos apartados más determinantes, y describiendo las situaciones comunes entre los documentos seleccionados. Demanera final, para dotar de una dimensión práctica a la investigación, se llevó a cabo un análisis especializado sobre lajurisprudencia que aborda el derecho al trabajo autónomo en el espacio público, así como el derecho a la ciudad queposeen los habitantes, sin dejar de tomar en consideración las principales características de las variables detalladas.En cuanto a los criterios de búsqueda utilizados para la localización de los documentos a emplearse, se incluyerondescriptores asociados a términos como: espacios públicos, derecho al espacio público, derecho a la ciudad, trabajoinformal, trabajo autónomo, derecho al trabajo. Dichos descriptores fueron combinados de manera aleatoria para unamejor búsqueda especializada, con el objetivo de amplificar los resultados a encontrarse. Al ejecutar la búsqueda de losdocumentos en las bases de datos especializadas empleadas, se preseleccionaron 39 artículos, de los cuales seseleccionaron 34, los cuales se modelan a las variables del presente documento. Sin embargo, no se tomaron enconsideración documentos que no se relacionaban con la temática de investigación, así como también aquellos textosque no se encontraban indexados.De manera posterior, se procedió a ejecutar el análisis medular de cada una de las temáticas abordadas, puntualizandolos apartados más determinantes, y describiendo las situaciones comunes entre los documentos seleccionados. Demanera final, para dotar de una dimensión práctica a la investigación, se llevó a cabo un análisis especializado sobre lajurisprudencia que aborda el derecho al trabajo autónomo en el espacio público, así como el derecho a la ciudad queposeen los habitantes, sin dejar de tomar en consideración las principales características de las variables detalladas.IV. ResultadosEl Art.33 de la Constitución del Ecuador configura varios principios esenciales dentro de su redacción, reconociendo altrabajo como un derecho y deber social, económico, fuente de realización personal y base de la economía, reconoce elrespeto a la dignidad, a una vida decorosa, a remuneraciones justas. Con relación a la dignidad, la sentencia de la CorteConstitucional colombiana, signada con el N ° T-881-02, ha considerado que este principio goza de tres elementosesenciales: (I) Vivir como quiera, que goce de autonomía para decidir sobre su proyecto de vida. (II) Vivir bien, que gocede condiciones materiales de existencia. (III) Vivir sin humillaciones, que su integridad física y moral sea intangible.Por otro lado, la norma suprema en convivencia con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales yCulturales, específicamente en su Art. 11, determina que, ninguna norma jurídica puede restringir el contenido de losderechos ni de las garantías constitucionales, esto en armonía con el Art. 66.17 ibid, en donde se reconoce el derechofundamental al trabajo, haciendo mención también al Art. 33 ibid, que se desarrolló con anterioridad. De lo expuesto,es claro que las ordenanzas y normas infraconstitucionales deben respetar estos lineamientos constitucionales envirtud de la seguridad y eficacia jurídica [14].No obstante, cabe recalcar que la mayoría de estos derechos se desarrollan conforme a los trabajadores en un planode subordinación, invisibilizando a los trabajadores autónomos, puesto que, la dinámica misma de esta forma detrabajo, no hace posible la determinación de un salario mínimo, configurándose verdaderas anomias jurídicas en lasque ha creado una clara situación de desventaja y precariedad, es claro que para ellos, por la necesidad, no existen díasde descanso, vacaciones, seguridad social, etc. [2].230Sánchez et al. Derecho al trabajo autónomo en el espacio público y el derecho a la ciudad
El Estado como ente garantista, por medio de todos los niveles de gobierno, tanto centralizado como descentralizado,está en la obligación de proteger los derechos de las personas que ejercen el trabajo de manera autónoma, para esto,se ha podido determinar a nivel de la Constitución una norma imperativa para que este fin se cumpla, como es el casodel Art. 329 inciso terceo, en el cual a tenor literal se determina que: reconoce y protege el trabajo autónomo y porcuenta propia realizado en espacios públicos, permitidos por la ley y otras regulaciones…”, de esta manera la normativaconstitucional es clara, en que no se debe dejar el trabajo autónomo sin una eficiente regulación en el marco de losderechos antes establecidos, para alcanzar la dignidad de estas personas que podrían encontrarse en un estado denecesidad [8].A pesar de que el citado Art. 329 de la Constitución reconoce el trabajo autónomo, ninguna norma infraconstitucionalinfiere acerca de este, pudiendo tornarse en mera letra muerta o en un aproximamiento lírico de la norma suprema.Sin embargo, el Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos (INEC) dentro de las categorías de ocupación, adeterminado uno que se lo relaciona con el trabajo autónomo, como el caso del trabajador por cuenta propia y lodefine como la persona que desarrolla una actividad, utilizando únicamente su trabajo personal, en otras palabras, noestá en dependencia de un patrono, aunque puede auxiliarse en colaboradores no remunerados, como sus familiares[15].Por otro lado, se relaciona directamente con lo establecido en el Art. 23 de la Constitución, el mismo que refiere que laspersonas tienen derecho a acceder y ser partícipes del espacio público, esto se armoniza con la Conferencia de lasNaciones Unidas sobre la Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible, que determina a las calles y los espacios públicos enlos términos en que se considera que genera la posibilidad de beneficiar a las diferentes maneras de negocio,pudiendo ser estos formales o informales. De forma particular, los espacios públicos en el que los negocios de carácterinformal se ejecutan, dan la posibilidad a la población que vive en extrema pobreza la oportunidad de subsistir; es allídonde radica su importancia, porque es donde los vendedores ambulantes y los usuarios configuran una dinámica yconviven dentro de un mismo espacio.Ahora bien, que el trabajo autónomo sea reconocido como una actividad económica que permite una fuente de vida,no significa que se pierda la dignidad y se fomente la realización personal, por tanto, se lo debe ejecutar bajo el marcode la ley, y esta última debe regularlo según los derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentosinternacionales de derechos humanos.Respecto del control que ejercen los gobiernos autónomos y la regulación del trabajo de carácter autónomo dentro delos espacios públicos, se garantiza que la ciudadanía en general goce de los derechos que le ha reconocido el marcojurídico, la Constitución y los instrumentos internacionales, reafirmando lo establecido, es imperativo referirse alderecho de la ciudad, concepto actual que se ha tomado ha objetivado en las diferentes legislaciones a nivel mundial,que de forma específica busca que se democratice los espacios públicos, llevando a que la población participeactivamente dentro del territorio [8].A consecuencia de estas conceptualizaciones, puede decirse que el deber del Estado en este punto radica en garantizarla convivencia social en un contexto de equidad y paz; configurando un sistema de control que permita una dinámicade convivencia entre los ciudadanos y los trabajadores. El derecho a la ciudad, se ha tornado en una preocupación deescala mundial a partir de los años setenta; de este pensamiento innovador se han llevado a cabo coyunturasinternacionales, reconociendo que en todos los países del planeta la población se encuentra asentada en ciudades conun alto crecimiento a medida que pasan los años.231Sánchez et al. Derecho al trabajo autónomo en el espacio público y el derecho a la ciudad
Dentro de estas coyunturas, se ha generado una gran preocupación por los países en vías de desarrollo, debido a queentre sus principales características se encuentran un alto nivel de renta y de poder, lo que en varios casos ha llevado ala exclusión social, depredación ambiental, procesos migratorios, segregación, entre otros. Esta realidad ha llevado queen numerosos casos se privaticen los bienes y espacios públicos, viéndose obligada su población a la estructuración deáreas urbanas que se sumen en la pobreza, en la marginación, en la precariedad, que se sujetan a riesgos de carácternatural, e incluso, se someten a la delincuencia. La idea es erradicar este quiebre social a través de modelos másamigables que permitan la integración sostenible entre el entorno y sus habitantes. La realidad ecuatoriana no es ajena a este tipo de coyunturas, tanto así que, en la ciudad de Quito, se llevó a cabo la IIIConferencia de Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible, en la que se intenta afrontar estosretos por medio de la construcción de una nueva agenda urbana en el marco jurídico dentro de la configuraciónciudadana, en el contexto que se trascienda más allá del discurso político y sociológico en el cual se mantiene yconsolida la noción jurídica de definir las obligaciones positivas [7].Bajo este contexto, el derecho a la ciudad, concepto acuñado por Lefebvre en 1970, se reconoce como un derecho a lavida urbana pero con un carácter renovado, un derecho en donde el goce y ejercicio de los derechos humanos secumpla de manera irrestricta por parte de sus gobernantes, teniendo como base principal la participación ciudadana,en las diferentes realidades socioculturales, en donde se reivindique el espacio público de forma estructural e inclusivesimbólico, sin ningún tipo de discriminación. La realidad del derecho a la ciudad se asocia en el Art. 31 de la Constitución, por tanto, va de la mano con el carácterdemocrático; en función de la propiedad y la ciudad, en la que la ciudadanía debe tener un ejercicio pleno, lo cualreafirma la concepción de que la ciudad es una construcción de carácter colectivo entre la población y la administraciónque ocupa un papel fundamental y recae en los gobiernos en relación al control y uso del suelo.Dentro del marco de cohabitación en donde predomina el derecho a la ciudad, la norma suprema ha atribuido aquienes desarrollan el trabajo autónomo un espacio para que puedan ejercer sus actividades, con el fin de que selegitime su presencia en la sociedad y en los espacios públicos.Para generar un equilibrio en estos derechos, es importante resaltar que el derecho a gozar de la ciudad no tiene uncarácter ilimitado; el Estado es quien controla el orden y la seguridad pública de acuerdo a lo establecido en el Art. 341y 393 de la Constitución, los cuales advierten de la existencia de una nueva manera de protección y seguridad humanapropia de una realidad democrática [7].Esta nueva perspectiva de seguridad centrada en el bienestar de las personas, implica la definición de otrasperspectivas en el contexto de relaciones internacionales, justicia y seguridad ciudadana; siendo esta última de sumarelevancia para el fortalecimiento y modernización de los mecanismos pertinentes que garanticen el ejercicio de losderechos humanos.Conclusiones El derecho al trabajo se desarrolla en función del principio de dignidad de la persona, para acceder a otros derechos yque el trabajador pueda alcanzar el tan anhelado buen vivir, conjuntamente con su familia. Los principios de estederecho se definen de manera clara para los trabajadores que se encuentran bajo una dependencia, en función delprincipio de igualdad, donde se deberían determinar de manera específica los derechos de los trabajadoresautónomos. 232Sánchez et al. Derecho al trabajo autónomo en el espacio público y el derecho a la ciudad
El derecho a la ciudad permite la participación ciudadana, de manera que los GAD se encuentran en la obligación dedesarrollar este principio. En este sentido, las competencias que ejercen en función del uso y ocupación del suelo, noson una limitación o restricción para que se impida a las personas el trabajo, pero si pueden en el marco de sucompetencia regular el mismo, siempre en garantía de los derechos ciudadanos y los de los trabajadores autónomos aquienes les deben garantizar un trabajo digno.Es trascendental que los ordenamientos normativos, se creen o se reformen en función de la realidad y necesidad de lasociedad a la cual se dirigen, puesto que, para la eficacia de la norma, además de estar conforme lineamientosconstitucionales, debe estar acorde al entorno respectivo. Referencias[1] E. Castro y H. Selma, «Ventas informales en el espacio público en Villavecencio,» Semestre Económico, vol. 21, nº 46,pp. 141-166, 2018. [2] A. Machivet y Y. Suaranyes, Ciudades para todos, Habitat International Coalition, 2017. [3] J. López, «La regularización del espacio público establecida en las Ordenanzas Municipales y su incidencia al Derechoal Trabajo de los comerciantes informales en la "Asociacipon de Trabajadores Autónomos del Ecuador",» 2018. [Enlínea]. Available: http://repositorio.uta.edu.ec/handle/123456789/28263%Awww.uta.edu.ec.[4] F. Erazo y J. Carrión, El derecho a la ciudad en América Latina. Visiones desde la política, Libranum, 2016. [5] E. Monte y R. Limonad, «Por el derecho a la ciudad, entre lo rural y lo urbano,» Researchgate, vol. 25, p. 16, 2017. [6] OIT, «Empleo informal,» 2020. [En línea]. Available: http://www.oitcinterfor.org/taxonomy/term/3366.[7] S. Ruesga, L. Pérez y J. Delgado, «Sector informal en Ecuador: Perspectiva desde el escenario econométrico,» RevistaEspacios, vol. 41, 14, p. 14, 2020. [8] D. Ordóñez, «El derecho al trabajo autónomo en el espacio público y su regulación por parte del GAD Municipal delcantón Cuenca,» Cuenca, 2017. [9] S. Carranco, «The informal economy in Ecuador,» La Innova Research Journal, vol. 3, 9, pp. 29-38, 2018. [10] A. Merrifield, «El derecho a la ciudad y más allá: notas sobre la reconceptualización lefebvriana,» Urban, vol. 0, nº 02,pp. 101-110, 2017. [11] L. Costes, «Del "derecho a la ciudad" de Henri Lefebvre a la universalidad de la urbanización moderna,» Urban, vol.0, 02, pp. 89-100, 2017. [12] P. Ramírez, «Espacio público, espacio de todos? Reflexiones desde la ciudad de México,» Revista Mexicana deSociología, vol. 77, 1, pp. 7-36, 2015. [13] M. Barbosa, El trabajo en las calles. Subsistencia y negociación política en la ciudad de México a comienzos del sigloXX, México: El colegio de México, 2008. [14] F. Molano, «El derecho a la ciudad: de henri Lefebvre a los análisis sobre la ciudad capitalista contemporánea,»Folios, vol. 2, 44, pp. 3-19, 2017. [15] P. Marcuse, «Qué derecho para qué ciudad en Lefebvre,» Urban, vol. 0, 02, pp. 85-92, 2017. 233Sánchez et al. Derecho al trabajo autónomo en el espacio público y el derecho a la ciudad