ISSN-e: 2542-3401
Per
´
ıodo: julio-septiembre, 2025
Universidad, Ciencia y Tecnolog
´
ıa
Vol. 29, N
´
umero 128. (pp. 07-17)
Art´ıculo de investigaci´on https://doi.org/10.47460/uct.v29i128.977
Testamento en emergencia extrema: an´alisis filos´ofico-jur´ıdico y
propuesta de regulaci´on excepcional en el derecho peruano
Marco Antonio Corcuera Garc
´
ıa*
https://orcid.org/0000-0001-5734-6764
mcorcuerag@upao.edu.pe
Universidad Privada Antenor Orrego
Trujillo, Per
´
u
Norma Lisbeth Quezada Salirrosas
https://orcid.org/0000-0002-3560-8900
nquezadas@upao.edu.pe
Universidad Privada Antenor Orrego
Trujillo, Per
´
u
*Autor de corresp ondencia: mcorcuerag@upao.edu.pe
Recibido (08/04/2025), Aceptado (07/06/2025)
Resumen. En este trabajo se identificaron los fundamentos filos
´
oficos y jur
´
ıdicos que respaldan la
necesidad de establecer un testamento especial aplicable en situaciones de emergencia extrema. Para
ello, se emplearon los m
´
etodos deductivo, inductivo y anal
´
ıtico, utilizando como t
´
ecnicas la entrevista
y el an
´
alisis bibliogr
´
afico. El hallazgo m
´
as significativo revela que el marco normativo vigente limita
considerablemente la posibilidad de otorgar testamento en contextos de emergencia, principalmente por
exigencias como la presencia f
´
ısica ante notario y la redacci
´
on manuscrita del acto. Estos requisitos
representan barreras que impiden la manifestaci
´
on de la
´
ultima voluntad. Con esto se afirma que
existen fundamentos s
´
olidos para implementar una forma testamentaria especial, por tanto, se propone
reemplazar los mecanismos tradicionales por herramientas tecnol
´
ogicas, como la firma digital y la
videoconferencia, que garanticen la validez y seguridad del acto testamentario en escenarios cr
´
ıticos.
Palabras clave: testamento de emergencia, derecho sucesorio, pandemia, sucesi
´
on testamentaria.
Will in Extreme Emergency: Philosophical-Legal Analysis and
Proposal for Exceptional Regulation in Peruvian Law
Abstract. In this paper, the philosophical and legal foundations that support the need to establish a
special will applicable in situations of extreme emergency were identified. To this end, deductive, induc-
tive and analytical methods were used, using interview and bibliographic analysis as techniques. The
most significant finding reveals that the current regulatory framework considerably limits the possibility
of granting a will in emergency contexts, mainly due to requirements such as the physical presence
before a notary and the handwritten drafting of the act. These requirements represent barriers that
prevent the expression of the last will. This affirms that there are solid foundations to implement a
special testamentary form, therefore, it is proposed to replace traditional mechanisms with technological
tools, such as digital signature and videoconferencing, that guarantee the validity and security of the
testamentary act in critical scenarios.
Keywords: emergency will, inheritance law, pandemic, testamentary succession.
Corcuera M. y Quezada N. Testamento en emergencia extrema
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I. INTRODUCCI
´
ON
La posibilidad de otorgar testamento en situaciones de emergencia extrema reviste una
importancia particular en contextos donde la vida del testador puede estar s
´
ubitamente
en riesgo, como ocurre en pandemias, desastres naturales o conflictos armados. La caren-
cia de mecanismos jur
´
ıdicos
´
agiles y adecuados para tales escenarios puede generar in-
certidumbre legal, vulnerar derechos fundamentales y dejar sin protecci
´
on las decisiones
patrimoniales de
´
ultima voluntad. En ese sentido, la incorporaci
´
on de herramientas tec-
nol
´
ogicas, como la firma digital y la videoconferencia, representa una alternativa viable
para garantizar la validez y eficacia del acto testamentario, sin comprometer su formali-
dad ni la manifestaci
´
on libre de la voluntad del testador [1].
Desde el derecho comparado, diversos pa
´
ıses han reconocido la necesidad de flexi-
bilizar los requisitos testamentarios en contextos excepcionales. Por ejemplo, en Estados
Unidos algunos estados permiten los testamentos nuncupativos y, durante la emergencia
sanitaria por COVID-19, se adoptaron medidas extraordinarias que autorizaron el uso de
testamentos electr
´
onicos y la notarizaci
´
on remota [2]. No obstante, en muchas jurisdic-
ciones, la rigidez normativa y la falta de previsiones espec
´
ıficas siguen restringiendo la
posibilidad de expresar v
´
alidamente la voluntad testamentaria en situaciones de emer-
gencia [3].
En el caso peruano, el marco normativo vigente, establecido en el C
´
odigo Civil de
1984, previo a la modificaci
´
on introducida por la Ley N.º 31338 sobre el testamento por
escritura p
´
ublica, exige la presencia f
´
ısica del testador y de dos testigos ante notario, as
´
ı
como la redacci
´
on manuscrita del testamento. Estos requisitos resultan impracticables en
situaciones de riesgo extremo o aislamiento obligatorio. La inexistencia de una modali-
dad testamentaria especial adaptada a emergencias vulnera derechos como el de heredar,
el principio de igualdad ante la ley y el derecho a la seguridad jur
´
ıdica. Este vac
´
ıo nor-
mativo plantea la necesidad urgente de reformas que incorporen mecanismos digitales
jur
´
ıdicamente v
´
alidos para salvaguardar la
´
ultima voluntad del testador en contextos
excepcionales [4].
En este trabajo se analizan los argumentos filos
´
oficos y jur
´
ıdicos que sustentan la
necesidad de regular un testamento para casos de emergencia extrema en el Per
´
u, con
la finalidad de proponer soluciones normativas para que las personas puedan expresar
v
´
alidamente su voluntad sucesoria en contextos de emergencia extrema. Esta propuesta
se alinea con el Objetivo de Desarrollo Sostenible N.º 16 de la Agenda 2030, que pro-
mueve el acceso a la justicia y la consolidaci
´
on de instituciones inclusivas.
II. DESARROLLO
Los antecedentes revisados mostraron una amplia diversidad de enfoques en torno al
derecho sucesorio y las formas testamentarias en contextos comparados y excepcionales.
Un estudio comparativo entre Colombia y Espa
˜
na evidenci
´
o diferencias sustanciales en-
tre el testamento abierto y el ol
´
ografo, particularmente en aspectos como las formalidades
exigidas, la accesibilidad y la validez jur
´
ıdica, lo cual permite identificar herramientas
normativas
´
utiles en sistemas distintos [5]. Desde una perspectiva centrada en los dere-
chos humanos, se ha analizado la validez del testamento vital en el Per
´
u, destacando su
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doble dimensi
´
on: como manifestaci
´
on anticipada de voluntad y como disposici
´
on post
mortem, sustentada en principios como la dignidad, la autonom
´
ıa y la igualdad [6].
Asimismo, se abord
´
o la figura del testamento en contextos epid
´
emicos desde una
mirada hist
´
orica, concluy
´
endose que, si bien se flexibilizan ciertas formalidades, permi-
tiendo incluso su otorgamiento verbal o manuscrito, su eficacia depende de la posterior
conversi
´
on en testamento ordinario mediante escritura p
´
ublica [7]. En el caso colom-
biano, se identificaron l
´
ımites normativos a la autonom
´
ıa del testador bajo el marco le-
gal vigente, que aunque ampl
´
ıa formalmente la libertad testamentaria, mantiene restric-
ciones que podr
´
ıan afectar la igualdad y la protecci
´
on de los legitimarios [8].
Por otro lado, investigaciones emp
´
ıricas en el Per
´
u revelaron una correlaci
´
on significa-
tiva entre el nivel de conocimiento ciudadano sobre la transmisi
´
on sucesoria y la pr
´
actica
del testamento por escritura p
´
ublica, resaltando la importancia de una mayor cultura
jur
´
ıdica para fomentar el ejercicio efectivo de este derecho [?]. Finalmente, se evidenci
´
o
que el uso de medios tecnol
´
ogicos en el
´
ambito testamentario, especialmente durante la
pandemia por COVID-19, representa una necesidad urgente frente a la rigidez de los pro-
cedimientos tradicionales, impulsando la creaci
´
on de un sistema moderno que garantice
la libertad de testar incluso en situaciones excepcionales [9].
A. Sustentos legales
Desde el punto de vista te
´
orico-legal, la sucesi
´
on hereditaria constituye una instituci
´
on
jur
´
ıdica fundamental para garantizar la transmisi
´
on del patrimonio del causante a sus
herederos. Esta puede realizarse mediante sucesi
´
on testamentaria, que representa la ex-
presi
´
on voluntaria del titular, o en su defecto, a trav
´
es de sucesi
´
on intestada, conforme a
lo dispuesto en el C
´
odigo Civil peruano [10]. La sucesi
´
on testamentaria, al ser la
´
unica
modalidad que permite al causante disponer libremente de su patrimonio con efectos
post mortem, goza de una posici
´
on privilegiada frente a la intestada, ya que ofrece may-
ores garant
´
ıas para proteger derechos espec
´
ıficos, establecer legados y adecuar la dis-
tribuci
´
on hereditaria a las circunstancias personales del testador. No obstante, en el Per
´
u
persiste una notable ausencia de regulaci
´
on que contemple escenarios de emergencia ex-
trema, como se evidenci
´
o durante la pandemia por COVID-19, cuando las exigencias
formales, como la presencia f
´
ısica ante notario, obstaculizaron el ejercicio efectivo del
derecho a testar [11].
Esta situaci
´
on revela una brecha entre los avances tecnol
´
ogicos aplicados en otras
ramas del derecho y la persistente rigidez del r
´
egimen sucesorio, que a
´
un no incorpora
mecanismos digitales ni procedimientos notariales remotos. Mientras en otros pa
´
ıses se
han reformado los marcos normativos para permitir el uso de videoconferencias, firmas
digitales y testamentos electr
´
onicos en contextos excepcionales, el ordenamiento jur
´
ıdico
peruano permanece inalterado, generando afectaciones al principio de igualdad ante la
ley y a la seguridad jur
´
ıdica. En este contexto, el derecho de propiedad, entendido como
la facultad de disponer libremente de los bienes, especialmente en favor de personas
afectivamente significativas, deber
´
ıa ser plenamente garantizado incluso en condiciones
extraordinarias [12].
Desde una perspectiva filos
´
ofico-jur
´
ıdica, el derecho de sucesiones se fundamenta
en dos grandes corrientes doctrinales. Por un lado, el derecho natural, que concibe la
herencia como una prolongaci
´
on del deber familiar y del amor filial, respaldado por
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pensadores como Santo Tom
´
as de Aquino y por las ense
˜
nanzas sociales contenidas en
las enc
´
ıclicas Rerum Novarum y Quadragesimo Anno. Por otro lado, el derecho posi-
tivo, desarrollado tras la Revoluci
´
on Francesa, entiende el derecho sucesorio como una
construcci
´
on legal del Estado, orientada por principios de equidad y utilidad social y
familiar. En esta
´
ultima l
´
ınea, pensadores como Montesquieu y Rousseau promovieron
el abandono de instituciones como el mayorazgo, abogando por una distribuci
´
on iguali-
taria de los bienes entre los herederos [13].
Asimismo, diversas teor
´
ıas dentro del positivismo jur
´
ıdico refuerzan la legitimidad
del derecho sucesorio. Entre ellas se encuentra la teor
´
ıa de la voluntad del testador, que
justifica el testamento como expresi
´
on libre y consciente del causante; la teor
´
ıa de la co-
propiedad familiar, que considera los bienes como parte de una comunidad de intereses
compartidos por el grupo familiar; y la teor
´
ıa del inter
´
es general, que vincula la trans-
misi
´
on patrimonial con el desarrollo econ
´
omico y la cohesi
´
on social. En contraposici
´
on,
las teor
´
ıas negativistas, adoptadas en reg
´
ımenes de orientaci
´
on socialista, niegan la exis-
tencia del derecho sucesorio al rechazar la propiedad privada, restringiendo la herencia
a bienes productivos o elimin
´
andola por completo [14].
B. Sucesi´on hereditaria en el Per´u: fundamentos, evoluci´on y desaf´ıos contempor´aneos
En el derecho sucesorio peruano, la sucesi
´
on mortis causa ha sido reconocida desde
las primeras codificaciones republicanas. El t
´
ermino successio, de origen latino, expresa
la transmisi
´
on universal de derechos y obligaciones por causa de muerte [15]. El C
´
odigo
Civil de 1852 contemplaba modalidades testamentarias excepcionales, como para epi-
demias o reclusi
´
on,que fueron eliminadas en las reformas de 1936 y 1984, dejando al
ordenamiento actual sin mecanismos adaptados a contextos de emergencia extrema.
La sucesi
´
on hereditaria constituye el proceso jur
´
ıdico mediante el cual se transfiere
el patrimonio del causante a sus herederos, ya sea por voluntad expresa (sucesi
´
on testa-
mentaria) o por mandato legal (sucesi
´
on intestada). Esta instituci
´
on no solo responde al
principio de continuidad patrimonial, sino tambi
´
en al respeto por la propiedad privada
y las relaciones familiares [16]. El C
´
odigo Civil peruano regula ambas modalidades, es-
tableciendo la intestada como r
´
egimen supletorio cuando no existe testamento v
´
alido, es
nulo o incompleto [10].
El r
´
egimen intestado se caracteriza por su estructura jer
´
arquica excluyente y transfiere
autom
´
aticamente la herencia a los herederos forzosos, seg
´
un el art
´
ıculo 815 del C
´
odigo
Civil. La jurisprudencia nacional ha establecido que la condici
´
on de heredero se adquiere
ipso jure con el fallecimiento del causante [17]. En contraste, la sucesi
´
on testamentaria
representa el ejercicio del derecho a disponer libremente del patrimonio, permitiendo
la designaci
´
on de legatarios, mejoras y cl
´
ausulas personales, aunque su uso ha sido re-
stringido por las formalidades legales vigentes [15].
III. METODOLOG
´
IA
La investigaci
´
on adopt
´
o un enfoque cualitativo, orientado a interpretar y analizar la prob-
lem
´
atica jur
´
ıdica vinculada a la ausencia de regulaci
´
on del testamento en situaciones de
emergencia extrema. Se trat
´
o de un estudio de tipo aplicado, con un nivel descriptivo,
dirigido a examinar las caracter
´
ısticas del fen
´
omeno jur
´
ıdico y sus implicancias consti-
tucionales, sociales y doctrinarias. Por otro lado, la poblaci
´
on estuvo compuesta por
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profesionales del Derecho especializados en materia notarial y sucesoria en el Per
´
u, entre
ellos notarios, abogados litigantes y docentes universitarios. La muestra, seleccionada
por conveniencia, incluy
´
o a veinticinco especialistas considerados informantes clave por
su experiencia y capacidad para aportar informaci
´
on relevante al objeto de estudio.
Para la recolecci
´
on de datos se emplearon dos t
´
ecnicas principales. En primer lugar,
se aplicaron entrevistas semiestructuradas a los profesionales seleccionados, con el fin
de recoger sus percepciones y an
´
alisis sobre las limitaciones normativas del testamento
en situaciones de emergencia. Esta t
´
ecnica permiti
´
o un intercambio flexible y profundo,
facilitando la obtenci
´
on de opiniones sustanciales que enriquecieron la comprensi
´
on del
fen
´
omeno jur
´
ıdico. En segundo lugar, se utiliz
´
o el an
´
alisis documental (Tabla 1), orien-
tado al examen de fuentes normativas, jurisprudencia relevante, doctrina especializada
y experiencias legislativas comparadas, lo cual permiti
´
o explorar con profundidad los
fundamentos jur
´
ıdicos y la necesidad de reformar el r
´
egimen sucesorio vigente.
Tabla 1. Documentos analizados.
Tipo de documento Fuentes analizadas Prop´osito del an´alisis
Normativa nacional C
´
odigo Civil peruano [10], Ley
31338
Identificar limitaciones norma-
tivas actuales en contextos de
emergencia
Jurisprudencia na-
cional
Casaci
´
on 1267-2006-La Liber-
tad [17]
Establecer criterios judiciales so-
bre la condici
´
on de heredero y la
forma de sucesi
´
on
Doctrina jur
´
ıdica espe-
cializada
[6], [7], [18] Explorar fundamentos doctri-
nales sobre libertad de testar y
continuidad patrimonial
Legislaci
´
on com-
parada
Modelos de testamento
electr
´
onico en EE.UU., Espa
˜
na y
Colombia [19], [20]
Comparar marcos legales que
incorporan tecnolog
´
ıas en situa-
ciones excepcionales
Entrevistas
semiestructuradas
Opiniones de notarios, aboga-
dos y docentes especialistas en
Derecho Sucesorio
Recoger percepciones y prop-
uestas sobre la reforma del
r
´
egimen testamentario
En cuanto a los m
´
etodos utilizados, se recurri
´
o al m
´
etodo fenomenol
´
ogico, para cap-
tar las experiencias y comprensiones de los participantes respecto al vac
´
ıo legal iden-
tificado; al m
´
etodo hermen
´
eutico, para interpretar cr
´
ıticamente los textos normativos
y doctrinales dentro de su contexto; y al m
´
etodo anal
´
ıtico-sint
´
etico, que permiti
´
o de-
scomponer las categor
´
ıas de an
´
alisis y luego integrarlas en una argumentaci
´
on coherente.
Como instrumentos, se emple
´
o una gu
´
ıa de entrevista basada en categor
´
ıas previamente
definidas, y fichas bibliogr
´
aficas tem
´
aticas para el registro sistem
´
atico de la informaci
´
on
obtenida mediante el an
´
alisis documental.
IV. RESULTADOS
El an
´
alisis conjunto del material documental jur
´
ıdico y las entrevistas realizadas permiti
´
o
identificar elementos clave que contribuyen al desarrollo dogm
´
atico del testamento en
situaciones de emergencia extrema en el Per
´
u. En cuanto a la naturaleza jur
´
ıdica del tes-
tamento, tanto la doctrina como la normativa nacional coinciden en concebirlo como un
acto jur
´
ıdico unilateral, formal y solemne, que requiere capacidad y manifestaci
´
on ex-
presa de voluntad por parte del testador. Sin embargo, los profesionales entrevistados
enfatizan la necesidad de una regulaci
´
on m
´
as flexible, que permita respetar la voluntad
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final incluso en ausencia de los requisitos formales tradicionales, especialmente en es-
cenarios donde estos resultan de dif
´
ıcil cumplimiento. Esta percepci
´
on evidencia una
tensi
´
on entre el formalismo normativo y el principio de autonom
´
ıa de la voluntad, que
debe ser abordada dogm
´
aticamente.
Respecto a los vac
´
ıos legales en contextos de emergencia, el an
´
alisis jur
´
ıdico revela que
el ordenamiento peruano no contempla normas espec
´
ıficas que regulen testamentos otor-
gados en situaciones excepcionales, como pandemias, desastres naturales o aislamiento
obligatorio. Esta carencia fue identificada por los entrevistados como una de las princi-
pales limitaciones del sistema actual, dado que la reciente experiencia durante la COVID-
19 mostr
´
o la imposibilidad de cumplir con formalidades esenciales, como la presencia
f
´
ısica ante notario. La coincidencia entre fuentes te
´
oricas y testimonios profesionales
refuerza la necesidad urgente de reformar el r
´
egimen sucesorio e incluir una modali-
dad especial que garantice el derecho a testar en condiciones de emergencia. En cuanto
a las posibilidades de adaptaci
´
on tecnol
´
ogica, se identificaron experiencias normativas
internacionales que han incorporado mecanismos digitales, como firmas electr
´
onicas,
videoconferencias y formatos electr
´
onicos, para validar testamentos en contextos excep-
cionales. En esa misma l
´
ınea, los informantes clave se
˜
nalaron que el sistema jur
´
ıdico
peruano debe abrirse al uso de herramientas tecnol
´
ogicas para no dejar desprotegida
la voluntad del testador ante situaciones extraordinarias. Esta convergencia entre evi-
dencia comparada y experiencia pr
´
actica sugiere que el desarrollo dogm
´
atico del testa-
mento en el Per
´
u debe avanzar hacia una figura m
´
as flexible, tecnol
´
ogicamente viable y
jur
´
ıdicamente garantista.
Adem
´
as, los datos recolectados permitieron confirmar que la inexistencia de una
forma testamentaria especial para situaciones de emergencia extrema en el ordenamiento
jur
´
ıdico peruano vulnera diversos derechos fundamentales reconocidos constitucional-
mente. Uno de ellos es el derecho a la igualdad, cuya interpretaci
´
on moderna no se
limita a un trato id
´
entico, sino que exige la implementaci
´
on de adecuaciones razonables
para personas en condiciones especiales. Desde el an
´
alisis normativo y las entrevistas re-
alizadas, se evidenci
´
o que al no permitirse mecanismos excepcionales para testar en con-
textos de riesgo, se est
´
a excluyendo injustamente a quienes, por causa de fuerza mayor,
no pueden cumplir con las formalidades tradicionales, incurriendo as
´
ı en una forma de
discriminaci
´
on estructural.
Asimismo, se afecta directamente el derecho a testar, previsto en el art
´
ıculo 2, inciso
16 de la Constituci
´
on Pol
´
ıtica del Per
´
u, como una manifestaci
´
on del derecho a heredar
y a disponer libremente del patrimonio. La ausencia de una regulaci
´
on especial para
escenarios extremos, como pandemias o desastres naturales, restringe indebidamente el
ejercicio de este derecho, pues impide al testador formalizar su voluntad post mortem,
aun cuando esta sea clara y plenamente consciente. El derecho de los herederos tambi
´
en
resulta vulnerado, ya que la falta de un testamento v
´
alido en estos contextos impide
concretar la voluntad del causante. Los testimonios recabados muestran la frustraci
´
on
que genera no poder ejecutar las disposiciones finales de un ser querido, lo cual no solo
priva a los beneficiarios leg
´
ıtimos de sus derechos patrimoniales, sino que tambi
´
en afecta
el plano simb
´
olico y afectivo de la transmisi
´
on hereditaria.
El an
´
alisis jur
´
ıdico y doctrinario evidencia que diversos pa
´
ıses, como Espa
˜
na, Canad
´
a
y Estados Unidos, han incorporado mecanismos especiales para garantizar la validez del
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testamento en contextos de emergencia. Entre estas figuras se encuentran el testamento
oral y el testamento digital, utilizados como medidas excepcionales cuando no es posi-
ble cumplir con las formalidades ordinarias. La revisi
´
on comparada sugiere que dichos
modelos pueden servir como referencia para adaptar soluciones viables al contexto pe-
ruano, tomando en cuenta la necesidad de garantizar la voluntad del testador a
´
un en
situaciones de urgencia.
En cuanto al uso de herramientas tecnol
´
ogicas, se identifican como opciones viables
la firma digital, la grabaci
´
on audiovisual y el uso de plataformas encriptadas, siempre
que se asegure su autenticidad y validez jur
´
ıdica. Los especialistas entrevistados coinci-
den en que estas tecnolog
´
ıas, debidamente reguladas, permitir
´
ıan garantizar seguridad
jur
´
ıdica y preservar la voluntad del testador sin comprometer los principios formales del
derecho sucesorio. De esta manera, se propone la inclusi
´
on normativa de una figura de
testamento especial en contexto de emergencia en el C
´
odigo Civil peruano. Esta medida
podr
´
ıa implementarse mediante una reforma legal o por decreto legislativo, incorpo-
rando par
´
ametros tecnol
´
ogicos que permitan otorgar testamentos v
´
alidos en escenarios
extraordinarios, como pandemias, desastres naturales o aislamiento forzado. La prop-
uesta busca no solo adaptar el derecho sucesorio a los desaf
´
ıos contempor
´
aneos, sino
tambi
´
en asegurar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales relacionados con la
herencia y la disposici
´
on del patrimonio.
Del an
´
alisis conjunto de la informaci
´
on documental y las entrevistas realizadas se de-
sprende un consenso claro sobre la viabilidad jur
´
ıdica y tecnol
´
ogica de incorporar un
testamento especial en situaciones extraordinarias. Se reconoce que, en el derecho com-
parado, existen precedentes normativos, como el testamento oral o digital, que han per-
mitido resolver esta necesidad en contextos de emergencia, y cuya adaptaci
´
on al sistema
jur
´
ıdico peruano es considerada factible y pertinente. Asimismo, se identifican diversas
herramientas tecnol
´
ogicas que podr
´
ıan garantizar la validez del acto testamentario sin
comprometer su autenticidad, tales como la firma digital, las grabaciones audiovisuales
y el uso de plataformas seguras. Estos recursos, debidamente regulados, permitir
´
ıan
resguardar la voluntad del testador en escenarios donde las v
´
ıas tradicionales resulten
inaccesibles. De manera que, su incorporaci
´
on normativa es viable tanto mediante una
reforma del C
´
odigo Civil como por decreto legislativo, lo cual dotar
´
ıa al ordenamiento
peruano de una alternativa moderna, eficaz y respetuosa de los derechos sucesorios en
contextos excepcionales.
El estudio permiti
´
o confirmar la existencia de fundamentos s
´
olidos, tanto filos
´
oficos
como jur
´
ıdicos, que respaldan la necesidad de incorporar una figura testamentaria espe-
cial para situaciones de emergencia extrema en el ordenamiento jur
´
ıdico peruano. Desde
una perspectiva filos
´
ofica, se evidencia la urgencia de garantizar el respeto a la voluntad
individual, la autodeterminaci
´
on y la dignidad humana en contextos excepcionales como
pandemias, desastres naturales o conflictos armados. Estos principios imponen al sis-
tema jur
´
ıdico la obligaci
´
on de no establecer barreras desproporcionadas que obstaculicen
el ejercicio de derechos fundamentales, como el de disponer libremente del patrimonio
al final de la vida. En el plano jur
´
ıdico, se identificaron vac
´
ıos normativos y formalismos
excesivos que actualmente imposibilitan el otorgamiento v
´
alido de testamentos cuando
los medios tradicionales no est
´
an disponibles. Las entrevistas revelaron un consenso en-
tre especialistas sobre la urgencia de establecer mecanismos alternativos, ya contempla-
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dos en legislaciones comparadas como la espa
˜
nola, brasile
˜
na, mexicana, puertorrique
˜
na,
canadiense y estadounidense, que permiten flexibilizar requisitos sin comprometer la se-
guridad jur
´
ıdica. Adem
´
as, se resalt
´
o el papel de la tecnolog
´
ıa como instrumento viable
para garantizar canales confiables y auditables que respalden la manifestaci
´
on de volun-
tad en entornos no presenciales. En consecuencia, se puede reconocer que la regulaci
´
on
de un testamento especial para situaciones de emergencia no solo es compatible con los
principios constitucionales peruanos, sino que constituye una exigencia
´
etica y jur
´
ıdica
para salvaguardar la igualdad ante la ley, el derecho a heredar y la tutela efectiva de la
voluntad del testador.
Los hallazgos de esta investigaci
´
on complementan lo previamente analizado al destacar
una dimensi
´
on esencial: la desconexi
´
on entre el marco normativo vigente y las exigencias
de la realidad contempor
´
anea. Si bien se ha argumentado la necesidad de una reforma
que contemple un testamento especial para contextos de emergencia, es igualmente im-
portante resaltar que dicha reforma debe partir de una reinterpretaci
´
on estructural del
acto testamentario como instituci
´
on jur
´
ıdica adaptable. Desde una visi
´
on dogm
´
atica, el
testamento no debe entenderse como una figura est
´
atica, sino como un instrumento de
voluntad que debe responder a los cambios sociales, tecnol
´
ogicos y humanitarios que
caracterizan al siglo XXI. Esto implica repensar no solo su formalidad, sino tambi
´
en su
funci
´
on jur
´
ıdica y su accesibilidad en situaciones de excepci
´
on.
Los aportes del derecho comparado no deben limitarse a una simple menci
´
on de mod-
elos normativos for
´
aneos, sino que deben funcionar como puntos de referencia para con-
struir una propuesta jur
´
ıdica coherente con el contexto peruano, que armonice principios
de seguridad jur
´
ıdica con condiciones de excepcionalidad. De este modo, no se trata
´
unicamente de incorporar tecnolog
´
ıas como la firma digital o las plataformas seguras,
sino de generar un marco regulatorio que garantice su legitimidad, operatividad y efica-
cia en escenarios concretos de emergencia.
Adem
´
as, el debate sobre el testamento en estos contextos debe articularse con la
necesidad de ampliar la noci
´
on de acceso a la justicia sucesoria. Permitir que el acto
de
´
ultima voluntad sea reconocido en situaciones donde los canales ordinarios no est
´
an
disponibles es tambi
´
en una forma de democratizar el derecho sucesorio, al ampliar sus
m
´
argenes de aplicabilidad y reducir los efectos discriminatorios de las formalidades
tradicionales. En consecuencia, este estudio refuerza la idea de que el derecho suceso-
rio peruano requiere una transformaci
´
on no solo normativa, sino tambi
´
en conceptual. El
testamento debe asumirse como una herramienta jur
´
ıdica viva, capaz de garantizar la
voluntad del causante incluso en los momentos m
´
as cr
´
ıticos, reafirmando as
´
ı su esencia
´
etica, su valor jur
´
ıdico y su funci
´
on social.
La evidencia emp
´
ırica y doctrinal demuestra que la ausencia de una figura testamen-
taria especial para situaciones de emergencia extrema vulnera directamente derechos
fundamentales como la igualdad, la libertad de testar y el derecho de los herederos a
recibir la voluntad del causante. Esta omisi
´
on normativa contraviene lo dispuesto en
el art
´
ıculo 2, inciso 16, de la Constituci
´
on Pol
´
ıtica del Per
´
u, que garantiza el derecho a
disponer libremente del patrimonio, incluso post mortem. Como lo sostiene la teor
´
ıa
constitucional contempor
´
anea, el ejercicio de los derechos fundamentales requiere que el
sistema jur
´
ıdico elimine obst
´
aculos estructurales y garantice condiciones razonables de
accesibilidad y equidad.
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El an
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alisis doctrinario y las entrevistas revelan que muchas personas en situaci
´
on de
aislamiento obligatorio durante la pandemia no pudieron formalizar su testamento, lo
que gener
´
o incertidumbre jur
´
ıdica y frustraci
´
on familiar. Este panorama no solo evi-
dencia un vac
´
ıo legal, sino que tambi
´
en pone en cuesti
´
on la justicia sucesoria, en tanto
excluye a quienes, por condiciones de salud o restricciones de movilidad, se ven impedi-
dos de ejercer su derecho. Casos internacionales, como la respuesta normativa en Italia
durante la emergencia sanitaria por COVID-19, reflejan c
´
omo la habilitaci
´
on temporal
de testamentos manuscritos sin intervenci
´
on notarial permiti
´
o salvaguardar la voluntad
testamentaria y proteger los derechos de los herederos.
Desde una perspectiva te
´
orica, se reafirma que el derecho debe ser capaz de evolu-
cionar conforme a las necesidades sociales y tecnol
´
ogicas. Como se se
˜
nala en [20], la
normatividad jur
´
ıdica no debe concebirse como est
´
atica, sino como una construcci
´
on
din
´
amica al servicio de la justicia. En esta misma l
´
ınea, adem
´
as se sostiene que los ac-
tos jur
´
ıdicos realizados en entornos digitales pueden tener plena validez, siempre que
se asegure su integridad y autenticidad. Por tanto, el derecho sucesorio peruano est
´
a en
condiciones de reformarse sin comprometer su solidez doctrinal. La inclusi
´
on de alter-
nativas tecnol
´
ogicas no representa una amenaza al rigor jur
´
ıdico, sino una oportunidad
para democratizar el acceso al testamento, reducir desigualdades estructurales en contex-
tos cr
´
ıticos y armonizar la legislaci
´
on nacional con los principios de equidad, autonom
´
ıa
y seguridad jur
´
ıdica que orientan el derecho comparado contempor
´
aneo.
CONCLUSIONES
La necesidad de establecer un testamento especial para contextos de emergencia
extrema en el Per
´
u se fundamenta en una doble exigencia: por un lado, el deber del
ordenamiento jur
´
ıdico de garantizar el ejercicio pleno de derechos fundamentales en
cualquier circunstancia; por otro, la obligaci
´
on de adaptarse a las condiciones sociales,
sanitarias o tecnol
´
ogicas que imponen los escenarios contempor
´
aneos. La experiencia
reciente ha demostrado que los modelos normativos tradicionales resultan insuficientes
para responder a situaciones excepcionales, generando vac
´
ıos legales que impactan neg-
ativamente en la voluntad sucesoria, la igualdad ante la ley y el acceso efectivo a la heren-
cia.
Desde una perspectiva comparada, los ordenamientos jur
´
ıdicos m
´
as avanzados ya
han incorporado figuras testamentarias adaptadas a contextos extraordinarios, como el
testamento oral, digital o de emergencia. Estas experiencias revelan que es posible artic-
ular soluciones normativas y t
´
ecnicas que mantengan la solemnidad y validez del acto
testamentario, sin sacrificar su esencia jur
´
ıdica. En este sentido, el uso de medios como
la firma digital, la grabaci
´
on audiovisual o plataformas encriptadas no solo es viable,
sino que responde a una l
´
ogica de justicia inclusiva, permitiendo que personas en condi-
ciones de aislamiento, vulnerabilidad o riesgo puedan ejercer su libertad dispositiva en
condiciones seguras y legales.
Frente a la rigidez del r
´
egimen sucesorio vigente en el Per
´
u, emerge la urgencia de
reinterpretar la figura del testamento como un acto jur
´
ıdico din
´
amico que debe responder
al principio de razonabilidad, sin desligarse de sus garant
´
ıas formales. La incorporaci
´
on
de una modalidad especial de testamento para emergencias no supone una ruptura con
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la tradici
´
on jur
´
ıdica nacional, sino una evoluci
´
on necesaria que atiende tanto a criterios
de justicia material como a est
´
andares internacionales.
El debate jur
´
ıdico no solo apunta a la incorporaci
´
on de una nueva figura normativa,
sino a una transformaci
´
on m
´
as amplia en la forma de entender el acceso al derecho en
condiciones de adversidad. Garantizar que ninguna persona quede excluida del derecho
a disponer de su patrimonio por razones externas a su voluntad fortalece el principio de
igualdad jur
´
ıdica y refuerza la legitimidad del sistema sucesorio como instrumento de
protecci
´
on de la dignidad humana. As
´
ı, el reconocimiento de un testamento especial en
contextos de emergencia representa una respuesta
´
etica, t
´
ecnica y jur
´
ıdicamente viable
frente a los desaf
´
ıos de la sociedad contempor
´
anea.
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