Resumen
La presente investigación enfoca su análisis en la aplicación del Gobierno Electrónico en la administración pública del Ecuador, tomando en consideración la vulneración del principio de calidad inscrito en el Código Orgánico Administrativo, ley que regula el ejercicio de la función administrativa de las instituciones del sector público. La metodología empleada se apega a una ruta de tipo cualitativo, de orden descriptivo-documental, bajo una revisión exhaustiva de la normativa jurisprudencial ecuatoriana que estructura y sustenta el presente documento. A pesar de que en el Ecuador han existido planes como el de Gobierno Electrónico 2018 – 2021, tal procedimiento podría afectar el principio de calidad en función de su incumplimiento. En resumen, se ha reconocido la necesidad de incorporar de manera integral el Gobierno Electrónico en el Ecuador, con el fin de contar con una administración pública eficiente y competitiva, esperando recuperar la legitimidad de la administración.
Palabras clave: administración pública, gobierno electrónico, principio de calidad, TIC’s.
Referencias
[1]A. Naser, “Rol de las TIC en la gestión pública y en la planificación para un desarrollo sostenible en América Latina y el Caribe,” Santiago de Chile, 2014. [Online]. Available: https://www.cepal.org/sites/default/files/publication/files/35951/S1420470_es.pdf.
[2]A. Ruiz, “Gestión de la gerencia tecnológica en la Administración Pública,” Rev. Sci., vol. 3, no. 10, pp. 218–231, 2019, doi: https://doi.org/10.29394/Scientific.
issn.2542-2987.2018.3.10.11.218-231.
[3]C. Zamora, N. Arrobo, y G. Cornejo, “El gobierno electrónico en Ecuador: la innovación en la administración pública,” Espacios, vol. 39, no. 6, p. 15, 2018,
[Online]. Available: https://www.revistaespacios.com/a18v39n06/a18v39n06p15.pdf.
[4]X. Barragan y F. Guevara, “El gobierno electrónico en Ecuador,” Rev. Cienc. Unemi, vol. 9, no. 19, pp.110–127, 2016, [Online]. Available: http://ojs.unemi.
edu.ec/index.php/cienciaunemi/article/view/333.
[5]CLAD, “Carta Iberoamericana Del Gobierno Electrónico,” Santiago de Chile, 2007. doi: https://clad.org/wp-content/uploads/2020/10/7-Carta-iberoamericana-de-Gobierno-Electrónico-2007-CLAD.pdf.
[6]Asamblea Constituyente, “Constitución del Ecuador,” Montecristi, 2008.
[7]MINTEL, “Plan Nacional de Gobierno Electrónico 2018-2021,” Quito, 2018. [Online]. Available: www.gobiernoelectronico.gob.ec.
[8]L. Contreras, “El gobierno electrónico municipal en Toluca, Estado de México, desde la perspectiva ciudadana,” Encrucijada, Rev. Electrónica del Cent. Estud. en Adm. Pública, no. 28, pp. 37–59, 2018, doi: 10.22201/fcpys.20071949e.2018.28.61721.
[9]J. Franco y C. Cruz, “Gobierno electrónico, calidad y eficiencia en la relación G2C en el estado de Oaxaca, 2011-2015,” Encrucijada, Rev. Electrónica del Cent. Estud. en Adm. Pública, no. 30, pp. 25–54, 2018, doi: 10.22201/fcpys.20071949e.2018.30.65678.
[10]C. Cruz Meléndez y A. Zamudio Vázquez, “Municipios y gobierno abierto, más allá del gobierno electrónico,” Opera, no. 21, pp. 55–77, 2017, doi: 10.18601/16578651.n21.04.
[11]X. Barragán, “Factores de incidencia del gobierno electrónico en los procesos de transparencia y participación ciudadana en la gestión pública local del Ecuador,” Universidad Andina Simón Bolívar, 2019.
[12]Y. Stable, E. Álvarez, L. Bernal, y C. Sam, “Estado de la accesibilidad web de los portales de gobierno electrónico en América Latina,” Bibl. An. Investig., vol. 16, no. 1, pp. 7–22, 2020.
[13]ONU, “E-Government Survey 2020. Digital Government in the Decade of Action for Sustainable Development,” New York, 2020. [Online]. Available: www.publicadministration.un.org.
[14]Gobierno Electrónico de Ecuador, “Ecuador escala posiciones en el ranking mundial sobre el desarrollo del Gobierno Electrónico,” 2021. https://www.gobiernoelectronico.gob.ec/ecuador-escala-posiciones-en-el-ranking-mundial-sobre-el-desarrollo-del-gobierno-electronico/#:~:text=Según revela el informe “E,rango de 0 a 1.
[15]Asamblea Nacional, Constitución del Ecuador. Ecuador, 2008, pp. 1–218.
[16]Congreso Nacional, Ley de Comercio Electronico, Firmas y mensajes de datos. Ecuador, 2002, pp. 1–17.
[17]Asamblea Nacional, Codigo Organico de Organizacion Territorial Desentralizado. Ecuador, 2019, pp. 1–180.
[18]Congreso Nacional, Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Ecuador, 2004, pp. 1–13.
[19]Asamblea Nacional, Ley Orgánica de Participación Ciudadana. Quito, Ecuador, 2011, pp. 1–25.
[20]Asamblea Nacional, Ley Orgánica de Telecomunicaciones. Ecuador, 2015, pp. 1–40.
[21]Asamblea Nacional, Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación. Ecuador, 2016, p. 113.
[22]Asamblea Nacional, Codigo Orgánico Administrativo. Ecuador, 2017, pp. 1–74.
[23]Ministerio del Trabajo, Norma Técnica para regular el Teletrabajo en el sector público. Ecuador, 2017, pp.1–8.
[24]Asamblea Nacional, Políticas Públicas del Sector de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información 2017-2021. 2017, pp. 1–32.
[25]M. Sánchez Morón, “La coordinación administrativa como concepto jurídico,” Doc. Adm., vol. 231, 2016, doi: 10.24965/da.v0i230-231.5284.
[26]M. Baquerizo, “Mecanismos de seguimiento de la Convención Interamericana contra la corrupción en el Estado ecuatoriano para la contratación pública,” 2019.
[27]C. Espín, “Vulnerabilidad en el ámbito de la capacidad contractual del Sistema Nacional de Contratación Pública y de su procedimiento,” 2016.
[28]W. Chamorro, “Análisis jurídico sobre la subasta inversa elentrónica en el proceso de contratación pública,” 2019.
[29]J. González Tamayo, “El régimen ecuatoriano de contratación pública: entre el proteccionismo y la apertura comercial,” Rev. Derecho, vol. 25, no. 25, pp.
5–26, 2016.
[30]R. Hernández-Sampieri y C. Mendoza, Metodología de la Investigación, Primera ed., vol. 1. Mexico, 2018.
[31]D. Clavijo, D. Guerra, y D. Yánez, Método, metodología y técnicas de la investigación aplicada al derecho, Primera ed. Bogotá: Universidad de Pamplona,
2014.
[32]C. López Leones, “La contratación pública y su impacto en la gestión de las MIPYMES de Manabí, Ecuador,” La contratación pública y su impacto en la gestión las MIPYMES Manabí, Ecuador, vol. 4, no. 1, pp. 3–16, 2018.
[33]Asamblea Nacional, Constitución del Ecuador, vol. 449, no. Principios de la participación Art. 2008, p. 67.
[34]F. Ejecutiva, Registro Oficial N ° 146. 2013.
[35]J. S. Miguel-Giralt, “Contratación pública y colusión. Derecho de competencia frente al derecho administrativo,”Vniversitas, vol. 66, no. 135, pp. 377–420,
2017, doi: 10.11144/Javeriana.vj135.cpcd.
[36]N. Chiriboga, “Análisis jurídico del régimen especial de contratación pública en el ámbito de la comunicación social en el Ecuador,” 2018.
[37]J. González, “Régimen jurídico del nuevo sistema de contratación pública ecuatoriano en el contexto internacional,” 2016.
[38]J. Torres, “La teoría del Garantismo poder y constitución en el Estado contemporáneo,” Rev. Derecho, vol. unknown, no. 47, pp. 138–166, 2017.
[39]A. Santiago, “Sesión privada del Instituto de Política Constitucional del 3 de abril de 2008,” An. la Acad. Nac. ciencias morales y políticas, vol. 1, pp. 8–26, 2008.
[40]G. Aguilera Izaguirre, “La calidad y su incorporación en la Administración Pública,” Soc. Estado y Territ., vol. 3, no. 1 (5), pp. 82–98, 2017.
[41]E. J. Arnoletto, “La calidad en la administración pública,” Univ. Córdoba, 2017.
[42]M. Villoria, “El papel de la Administración pública en la generación de calidad democrática,” Reforma y Democr., vol. 2016-June, no. 65, pp. 5–38, 2016.
[43]A. ARGÜELLES, “Calidad total en la administración pública: la experiencia de SECOFI,” Gest. y Polit. publica, vol. 4, no. 2, pp. 431–451, 2017.
[44]J. Escobar, M. Real, P. González, y A. Casco, “Manuales de Pprocedimientos en la Administración Pública. Garantías de Cumplimiento de los Principios
Constitucionales.,” Rev. Mag. las Ciencias, vol. 2, pp. 1–12, 2017.
[45]J. R. Granados, “El principio de transparencia en la actividad contractual de la administración pública. Especial referencia a la administración local.,” 2018.